En la audiencia de presentación, el fiscal 26° nacional, José Miguel Medina Sayago, imputó al referido abogado por la presunta comisión del delito de uso de documento público falso, previsto y sancionado en el artículo 322 del Código Penal. Dicha norma establece una pena que oscila entre los seis a 12 años de prisión, para quien cometa dicho delito cuando se concatena con lo previsto en el artículo 319 de la citada ley.
En ese sentido, el Tribunal 8° de Control del estado Carabobo, una vez evaluados los elementos de convicción presentados por Medina Sayago, acogió la precalificación fiscal y ordenó la reclusión de Blanco enla Comandancia Generaldela Policíadel estado Carabobo hasta la presentación del acto conclusivo en el lapso reglamentario, establecido en el Código Orgánico Procesal Penal.
De acuerdo con la investigación preliminar, Blanco habría cometido una irregularidad al hacer uso de una orden judicial falsa del Tribunal 20° de Juicio del área metropolitana de Caracas, con el fin de entregar seis inmuebles ubicados en Valencia, los cuales son propiedad de la familia Makled pero que se encuentran bajo custodia dela Oficina NacionalAntidrogas.
Prensa MP