Por un lapso de tres meses, prorrogable, fue decretado estado de emergencia en materia de infraestructura penitenciaria, lo que permitirá aplicar medidas correctivas y de optimización a los centros penitenciarios del país.
El decreto presidencial 9.228, publicado en la Gaceta Oficial N° 40.031, del 18 de octubre de 2012 y que circula este viernes, establece que en dicho tiempo el Ministerio para Servicio Penitenciario y sus entes adscritos deberán poner en práctica el proyecto de construcción de centros de procesados judiciales.
Los trabajos incluyen la construcción, rehabilitación y dotación de la infraestructura física de todos estos centros.
Además, los organismos encargados llevarán a cabo los procesos de contratación de las obras, bienes y servicios necesarios, «de conformidad con el contenido de la Ley de Contrataciones Públicas, en virtud de la emergencia comprobada y declarada en el presente decreto».
Está previsto que sea el Ejecutivo Nacional el que gestione y apoye «en la consecución de los terrenos necesarios para la ejecución del proyecto de construcción» de nuevos centros, tal como lo expresa el artículo 4 del decreto.
De acuerdo con las consideraciones señaladas, la medida resulta «urgente e inaplazable» para el Estado venezolano, que persigue el objetivo de «enfrentar la crisis carcelaria, tomar medidas impostergables requeridas para realizar las transformaciones del sistema carcelario».
Por lo tanto, la aplicación de esta medida ampara rigurosamente el respeto de derechos humanos a los privados de libertad.
«Las condiciones establecidas en este decreto amparan igualmente a los penados, penadas y adolescentes en conflicto con el ordenamiento jurídico penal, en todo lo relativo a la infraestructura, dotación y prestación de servicios de los Centros Penitenciarios», señala el artículo 5.
AVN