El Gobierno Nacional decretó extensión de la inamovilidad laboral durante el próximo año 2013 para todos los trabajadores y trabajadoras del sector privado y del sector público regidos por la Ley Orgánica del Trabajo para las Trabajadoras y los Trabajadores (LOTTT).
El decreto Nº 9.322, del 27 de diciembre de 2012, difundido por el ministro de Comunicación e Información, Ernesto Villegas a través de su cuenta en twitter @VillegasPoljakE, establece que los trabajadores amparados por esta normativa no podrán ser despedidos, desmejorados, trasladados sin justa causa calificada previamente por el Inspector del Trabajo de la jurisdicción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 422 de la LOTTT.
En caso de que el trabajador sea despedido, desmejorado sin justa causa o trasladado sin su consentimiento, el artículo 3 de este decreto señala que la persona afectada podrá denunciar el hecho dentro de los treinta días continuos siguientes ante la Inspectoría del Trabajo de la jurisdicción.
También podrá solicitar el reenganche y el pago de salarios caídos, así como los demás beneficios dejados de percibir, o la restitución de la situación jurídica infringida, según el procedimiento establecido en el artículo 425 de la LOTTT.
Gozarán de la protección prevista en este Decreto, que entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2013, independientemente del salario que devenguen, los trabajadores a tiempo indeterminado a partir de un mes al servicio de un patrono.
Asimismo, los trabajadores contratados por tiempo determinado mientras no haya vencido el término establecido en el contrato y aquellos contratados para una obra determinada mientras no haya concluido la totalidad o parte de la misma que constituya su obligación.
Mientras que quedan exceptuados de la normativa legal los trabajadores que ejerzan cargos de dirección y los trabajadores de temporada u ocasionales. La estabilidad de los funcionarios públicos se regirá por las normas de protección contenidas en la Ley del Estatuto de la Función Pública.
Los patronos que obstaculicen o desacaten la orden de reenganche y restitución de los trabajadores protegidos por la inamovilidad laboral serán sancionados según lo previsto en la LOTTT.
De acuerdo al artículo 6 del presente decreto, los Tribunales del Trabajo no darán curso a recursos administrativos de nulidad, hasta tanto se cumpla la orden de reenganche y la restitución de la situación jurídica infringida.
AVN