El abogado constitucionalista y analista político de la consultora económica IHS Global Insight con sede en Londres, Diego Moya-Ocampos, señaló que una sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a favor de la continuidad del período presidencial después del 10 de enero “implicaría en la práctica una violación del orden constitucional”
A tres días de la fecha que establece la constitución para la juramentación del cargo de Presidente para el período 2013-2019, en el país reina la incertidumbre en torno a la asunción del nuevo mandato de Hugo Chávez, quién aún se encuentra hospitalizado en La Habana (Cuba), tras haberse sometido a una operación el pasado 11 de diciembre.
Mientras la oposición exige que se cumpla lo establecido en la Constitución tal y como lo dijo el primer mandatario nacional al anunciar que sería intervenido quirúrgicamente el pasado mes, el oficialismo afirma que la toma de posesión fijada para dicha fecha es un simple “formalismo”.
El Gobierno alega que la Carta Magna prevé que en caso de que el acto no se pueda realizar por una “situación sobrevenida”, la investidura sería ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en una fecha a determinar.
Incluso entre las opciones que han sido planteadas por el sector oficial se encuentra “la continuidad del mandato” producto de la reelección, por el hecho inédito de que el Presidente saliente es el mismo mandatario entrante.
Así lo han afirmado dirigentes del chavismo tal es el caso de la presidenta del órgano judicial Luisa Estella Morales, coincide con ella la procuradora general de la República, Cilia Flores, se pronunció sobre ello y aseguró que el caso del primer mandatario no es el de un candidato electo como plantea el artículo 231, sino de un Presidente reelecto.
Violación del orden constitucional
El abogado constitucionalista y analista político de la consultora económica IHS Global Insight con sede en Londres, Diego Moya-Ocampos, explicó que el acto de juramentación es un requisito indispensable para tomar posesión del cargo y “el no acatarlo implicaría en la práctica una violación del orden constitucional y un golpe de estado institucional”.
El jurista recordó que en el pasado la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia -específicamente en una sentencia de fecha 16 de Mayo de 2001- se pronunció sobre los artículos 230 y 231 de la Constitución señalando que los mismos: “no requieren aclaración alguna, pues sus textos son explícitos (…).
Dijo que en aquel entonces el ente precisó “que la duración del mandato del Presidente de la República es de seis años y la toma de posesión, mediante juramento ante la Asamblea Nacional, el 10 de enero del primer año del período.
De igual forma, dicho fallo señaló en esa oportunidad que sería inconstitucional la reducción del mandato con lo cual se puede concluir que una eventual extensión del mandato también sería inconstitucional, agregó el abogado con maestría en Regulación en “London School of Economics”.
“Régimen de facto”
Ante una eventual sentencia de la Sala Constitucional que establezca la continuidad del mandato de Hugo Chávez, por ser un Presidente reelecto el especialista Diego Moya-Ocampos, explicó que el TSJ “estaría legitimando un régimen de facto, en el cual si bien en la práctica ejerce como tal, no está reconocido oficialmente por ninguna norma jurídica.
Moya-Ocampos explicó que “Chávez seria nominalmente el presidente, pero quienes ejercerían el poder serían el vicepresidente Nicolás Maduro y el presidente de la Asamblea Nacional (AN), Diosdado Cabello”.
En este caso, el analista resaltó que la figura del actual Presidente encargado representaría las facciones civiles del Chavismo, mientras que Cabello al sector militar.
Clima de tensión
Ante las posibilidad que se le de continuidad al mandato de Chávez en su ausencia, y sin acatar lo establecido en los artículos 230 y 231 de la Constitución, el analista Diego Moya-Ocampos, expresó que es probable que las tensiones aumenten entre el “nuevo Gobierno” y la oposición. Sin embargo, destacó que este último tiene poco margen de maniobra.
“Sólo tienen capacidad para exigirle a las instituciones del Estado que se cumpla la Constitución y se convoquen elecciones, tal y como lo expresa la Carta Magna ante una falta absoluta del presidente Hugo Chávez antes de la toma material
de posesión de la presidencia”.
De acuerdo a lo dicho por el especialista existe la posibilidad de que ello, provoque que la militancia opositora salga a la calle a manifestar su rechazo, así como los seguidores del chavismo saldrían a defender la decisión, lo cual que podría generar hechos lamentables de violencia.
Crisis política e institucional
Para el abogado constitucionalista Diego Moya-Ocampos, la ausencia de Chávez, así como la falta de información acerca de su estado de salud y la posibilidad de un desconocimiento de la constitución, podría traer “consecuencias sin precedentes” a la estabilidad política nacional.
En relación a ello expresó que “mientras la crisis política se intensifica y la salud del presidente sigue sin muestras de recuperación, la celebración de elecciones este año parece inminente hacia la consolidación de un nuevo liderazgo en Venezuela”.
No obstante, agregó que “el único factor que puede atenuar el panorama planteado es una mejora significativa en la salud de Chávez y su regreso a Venezuela, algo que no se desprende con claridad de los últimos anuncios
oficiales sobre su estado de salud”.
Nelyabith Bello / nbello@diariolavoz.net / LaVoz