La hija del Rey deberá acudir a declarar el 27 de abril a las 10:00 horas locales de Madrid (09:00 GMT) en el caso, como copropietaria del Instituto Nóos y de la inmobiliaria Aizoon
El juez José Castro no acaba de entender cómo Iñaki Urdangarin utilizó el nombre de la infanta Cristina para obtener dinero de la Administración de forma fraudulenta sin que la hija del Rey diera su consentimiento, o ni siquiera lo supiera. Esa expresión, «no se acaba de entender», se repite en numerosas ocasiones a lo largo de las 18 páginas del auto en el que el instructor del ‘caso Nóos’ llama a declarar a la infanta en calidad de imputada, ya uno de los documentos judiciales más relevantes de la historia de España.
Castro, que imputa a la infanta en contra del criterio de la Fiscalía Anticorrupción, argumenta tan trascendente decisión: no hay «indicios suficientes» de que doña Cristina participara activamente en la «gestión cotidiana» del Instituto Nóos y de la inmobiliaria Aizoon –de la que era copropietaria-, pero sí que los hay de que prestó «su consentimiento» a que Urdangarin y su socio, Diego Torres, uitilizaran su nombre, el de la hija del Rey, para obtener un trato privilegiado de la Administración Pública y de empresas privadas , «disfrutando junto a su marido de los beneficios obtenidos».
Aunque la imputación es genérica y en el auto no se citan los delitos que se le imputan a doña Cristina, el juez Castro apunta a su función como «colaboradora» o «cooperadora necesaria» de los delitos que presuntamente ha cometido su marido, esto es, prevaricación, malversación, fraude, falsedad, blanqueo de capitales y contra la Hacienda Pública.
Por eso la cita a declarar el próximo 27 de abril a las 10 de la mañana en el Juzgado de Instrucción número 3 de Palma de Mallorca, al que deberá acceder por una rampa de 30 metros, la misma que ya ha recorrido su marido en dos ocasiones. Será la primera vez que un miembro de la Casa Real declare como imputado ante un juez.
El objetivo de su declaración como imputada, dice el juez, es que «se despeje cualquier duda» sobre su actuación y se decrete el sobreseimiento o, por contra, se confirmen los indicios en su contra y el magistrado abra una nueva fase en la que pida a las acusaciones que formulen «sus reproches penales». Con la instrucción tan avanzada, razona Castro, dejar que “la incógnita se perpetúe sería un cierre en falso en decrédito de la máxima que la justicia es igual para todos”.