El Estado, a través del Ministerio Público, tiene el monopolio de la acción penal, es decir, la responsabilidad de investigar un hecho una vez recibida una denuncia, así como de ordenar sin pérdida de tiempo el inicio de una investigación
El 17 de junio de 2013 entró en vigencia la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones. Esta ley tiene por objeto normar, regular y fiscalizar el porte, tenencia, posesión, uso, registro, fabricación, comercialización, abastecimiento, almacenamiento, importación, exportación, tránsito y transporte de armas o municiones. También tipifica y establece sanciones a hechos ilícitos que se derivan de esta materia para impedir, combatir y erradicar la fabricación y el tráfico ilícito de armas de fuego y municiones, con la finalidad de garantizar y proteger a las ciudadanas y ciudadanos e instituciones del Estado, sus propiedades, bienes y valores.
Desde la Red de Apoyo por la Justicia y la Paz celebramos la aprobación de esta ley ya que constituye un paso importante para disminuir la violación de los derechos humanos en el país. Desde hace 28 años acompañamos a víctimas de violación de los derechos humanos cometidas por funcionarios y funcionarias policiales y militares y promovemos una cultura de paz y respeto a los derechos humanos basada en la resolución pacífica de los conflictos, la no utilización de armas de fuego (desarme) y uso de la fuerza por parte del Estado solo en última instancia o en casos de legítima defensa o para proteger la vida de otras personas.
La aprobación de este instrumento legal ayuda a reducir los mecanismos que facilitan la violencia armada en nuestra sociedad y a erradicar los abusos policiales y la violación de los derechos por parte de funcionarios o funcionarias cuyo mandato es proteger los derechos humanos, defender las libertades fundamentales y garantizar la seguridad ciudadana en una sociedad democrática.
Hacemos un llamado a toda la población a conocer esta Ley, promover acciones de desarme voluntaria y de resolución pacífica de los conflictos y a las autoridades a profundizar la identificación, ubicación, incautación y destrucción inmediata de todas las armas
Rol de la justicia
¿Cuál es el papel que juega la administración de justicia para lograr el desarme en Venezuela?
El derecho a la seguridad ciudadana aparece por primera vez en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 55, asumiendo el Estado la protección de los derechos, libertades y garantías constitucionales. En este sentido, el Estado tiene la responsabilidad del control de armas y municiones y, además, el resguardo de la seguridad ciudadana.
El Estado, a través del Ministerio Público, tiene el monopolio de la acción penal, es decir, la responsabilidad de investigar un hecho una vez recibida una denuncia, así como de ordenar sin pérdida de tiempo el inicio de una investigación y disponer que se practiquen todas las diligencias necesarias para establecer la responsabilidad delas y los autores, para que los hechos tipificados como delitos no queden sin castigo.
También es corresponsable de la justicia y la seguridad el Poder Judicial a través de las juezas y los jueces de control y de juicios, quienes son garantes de administrar justicia sancionando a las autoras y a los autores que hayan incurrido en un delito de uso indebido de armas de fuego. En este sentido, los órganos de administración de justicia juegan un rol importante en la lucha por el control de armas, municiones y el desarme de la población. Las ciudadanas y los ciudadanos siguen cuestionando el sistema de administración de justicia, exigiendo un cambio radical para poder erradicar la impunidad y el retardo procesal y que sean castigados los hechos donde mueren personas por la violencia de las armas de fuego.
Es importante recordar que el Estado venezolano ha venido asumiendo una política pública dirigida al control de las armas y el desarme. En el año 2011 se instaló la Comisión Presidencial para el Control de Armas, Municiones y el Desarme, según Gaceta Oficial N°39.673 de fecha 13 de mayo de 2011. El Estado debe seguir implementando políticas públicas integral sobre el control de armas, municiones y desarme. Ahora, le corresponde al Poder Judicial y al Ministerio Público asumir responsabilidades en el desarme y en el control de armas y municiones de manera integral y no fragmentada. Esta responsabilidad también debe ser asumida por nosotros y nosotras, para ir construyendo un camino seguro, un consenso social y participar en una política de desarme para construir una sociedad donde podamos vivir sin miedo, seguras y seguros.
Hacemos un llamado a toda la población a conocer esta Ley, promover acciones de desarme voluntaria y de resolución pacífica de los conflictos y a las autoridades a profundizar la identificación, ubicación, incautación y destrucción inmediata de todas las armas y municiones innecesarias, ilegales o que sean portadas irresponsablemente y sin permiso.
LEY PARA EL DESARME Y CONTROL DE ARMAS Y MUNICIONES
Artículo 81: “El Estado venezolano, a los fines de salvaguardar la paz, la convivencia, la seguridad ciudadana y de las instituciones, así como la integralidad física de las personas y de sus propiedades, implementará políticas integrales dirigidas al desarme de la población, mediante la promoción y desarrollo de acciones de concientización, que contemplen la instauración de una cultura de paz y respeto a los derechos Humanos, fomentando la entrega voluntaria y la recuperación de armas de fuego y municiones, así como la destrucción de las mismas”.
¡Vamos!. ¡Participa!.
Lo que dice la Constitución
Artículo 55: “Toda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado a través de los órganos de seguridad ciudadana regulados por ley, frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo para la integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes.
La participación de los ciudadanos y ciudadanas en los programas destinados a la prevención, seguridad ciudadana y administración de emergencias será regulada por una ley especial.
Los cuerpos de seguridad del Estado respetarán la dignidad y los derechos humanos de todas las personas. El uso de armas o sustancias tóxicas por parte del funcionariado policial y de seguridad estará limitado por principios de necesidad, conveniencia, oportunidad y proporcionalidad, conforme a la ley”
Laura Roldán
La Voz de los Derechos Humanos
Red de Apoyo por la Justicia y la Paz
redapoyojusticiaypaz@gmail.com