Por Decreto Presidencial número 639, publicada en Gaceta Oficial número 40.310 del viernes 6 de diciembre de 2013, se extendió la prórroga de inamovilidad laboral a favor de los trabajadores del sector público y privado desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2014.
Asimismo, la normativa señala que “los trabajadores amparados por el presente Decreto no podrán ser despedidos, desmejorados, trasladados sin justa causa calificada previamente por el Inspector del Trabajo de la jurisdicción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 422 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo”.
Además, agrega que en caso de que el trabajador por este Decreto sea despedido, desmejorado sin justa causa o trasladado sin su consentimiento, “podrá denunciar el hecho de los 30 días continuos siguientes ante el Inspector del Trabajo de su jurisdicción y solicitar el reenganche y el pago de salarios caídos”.
“El presente Decreto no excluye la posibilidad de convenios o acuerdos entre patronos, por una parte, y trabajadores, por la otra, para logra la reducción de personal o la modificación de condiciones de trabajo mediante el procedimiento de negociación colectiva voluntaria”, agregó.