En Gaceta Oficial Nº 40.310, de fecha 6 de diciembre de 2013 y que circula este lunes, se oficializa la prórroga de inamovilidad laboral para los trabajadores del sector público y privado desde el 1º de enero hasta el 31 de diciembre de 2014.
De acuerdo con el Decreto Presidencial Nº 639, esta medida se toma con la finalidad de proteger el derecho al trabajo como proceso fundamental que permite la promoción de la prosperidad, el bienestar del pueblo y la construcción de una sociedad justa y amante de la paz.
Además, señala que los trabajadores amparado por este decreto no podrán ser despedidos, desmejorados ni trasladados sin justa causa calificada previamente por el Inspector del Trabajo de la jurisdicción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 422 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores.
En caso de que el trabajador sea despedido, desmejorado sin justa causa o trasladado sin su consentimiento podrá denunciar el hecho dentro de los 30 días siguientes ante el Inspector del Trabajo de la jurisdicción y solicitar el reenganche y el pago de salarios caídos, así como los demás beneficios dejados de percibir.
«El decreto no excluye la posibilidad de convenios o acuerdos entre patronos, por una parte, y trabajadores, por la otra, para lograr la reducción de personal o la modificación de condiciones de trabajo, mediante el procedimiento de negociación colectiva voluntaria establecido en el ordenamiento jurídico vigente», señala el artículo 3 de este instrumento legal.
Quedan exceptuados de este Decreto Presidencial los trabajadores que ejerzan cargos de dirección, de temporada u ocasionales.
Asimismo, al patrono que obstaculice o desacate la orden de reenganche y restitución de la situación jurídica infringida de un trabajador protegido por la inamovilidad laboral se le impondrán las medidas y sanciones previstas en la ley.