Quienes vendan bienes o presten servicios a precios superiores a los fijados o determinados por la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde)serán sancionados, por vía judicial, de 8 a 10 años de prisión, así lo establece el artículo 51 de la Ley Orgánica de Precios Justos publicada en la Gaceta Oficial Nº 40.340 que circula este viernes en todo el territorio nacional.
También tendrán la misma sanción aquellas personas que restrinjan la oferta, circulación o distribución de bienes regulados por Sundde y retengan los mismos para «provocar escasez o distorsiones en sus precios», publicó Globovisión en su portal web.
“Cuando el boicot, acaparamiento, especulación, contrabando de extracción, usura, cartelización u otros delitos conexos, procuren la desestabilización de la economía; la alteración de la paz y atenten contra la seguridad de la Nación, las penas contempladas se aplicarán en s límite máximo, igualmente se procederá a la confiscación de los bienes”, establece el artículo 56 de la Ley en el apartado de “Desestabilización de la Economía”.
Aquellas personas que no presten la colaboración necesaria y oportuna a los funcionarios de la Sundde serán multados desde 200 hasta 5.000 unidades tributarias. También serán sancionados con la misma cantidad de unidades tributarias aquellas personas que no suministren oportunamente la información requerida por la Sundde y las que no acaten -o cumplan fuera del plazo establecido- las instrucciones que dicte el órgano.
Si existe reincidencia en algunos de estas infracciones, la multa será de 10.000 unidades tributarias junto con el cierre de almacenes, depósitos o establecimientos hasta por 90 días. La cantidad de días dependerá de la gravedad del incumplimiento.
Las personas que vendan productos alimenticios en mal estado o bienes vencidos tendrán que pagar una multa de hasta 10 mil unidades tributarias. Adicionalmente la Sundde podrá imponer la suspensión del Registro Único.
El artículo 55 de la Ley de Precios y Costos justos establece que que las personas que de manera conjunta o separada que incurran en omisiones que mpidan la producción, fabricación, importación transporte de bienes serán sancionados de 10 a 12 años de prisión.