«Podrán comprar hasta 2.000 dólares mensuales todos los trabajadores, monotributistas (profesionales) y autónomos (empresarios pequeños), con ingresos declarados ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP, recaudador)», dijo Capitanich.
A su vez, todas las operaciones deberán ser autorizadas por la AFIP mediante un trámite a través de su portal oficial en la web.
No podrán adquirir divisas en bancos y casas de cambio quienes declaren ingresos mensuales menores a 7.200 pesos mensuales (900 dólares) y tampoco las empresas o grandes inversionistas, según la reglamentación difundida.
Seguirá en vigencia, en cambio, el recargo impositivo de 35% para las compras con tarjeta y turismo en el exterior, pese a que el viernes se había anunciado que bajaba a 20%.
Sobre las compras de divisas, prohibida desde 2011, pesará un anticipo de impuestos del 20%, pero el comprador quedará exento del recargo tributario si deposita los dólares en un banco durante 365 días.
El levantamiento del impopular cepo cambiario que prohibía comprar dólares para ahorro fue anunciado el viernes, en reacción a la incertidumbre por una dura situación monetaria y fiscal, con las reservas del Banco Central en paulatino descenso y una inflación anual que ronda el 30% según las consultoras privadas.
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