Un dictamen emitido por el Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias del Consejo de DDHH de la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas en enero de 2014 ordena al Estado venezolano “el cese inmediato del proceso en contra del dirigente de Voluntad Popular, G/B Antonio Rivero, así como otorgar al afectado una justa reparación por los daños y perjuicios causados con la vulneración de sus derechos”; con lo cual la persecución actual en su contra se constituye en una nueva arbitrariedad y violación de sus derechos.
El documento aprobado el 18 de noviembre de 2013 por la ONU y difundido el 13 enero de 2014 se corresponde con la detención y proceso abierto contra Rivero a principios de 2013 cuando desde el alto gobierno venezolano se le acusó de “entrenar a grupos de jóvenes manifestantes y estudiantes para organizar protestas en todo el país”, tiempo por el que Rivero permaneció desde el 27 de abril hasta el 17 de mayo de 2013 detenido en el SEBIN y posteriormente un tribunal le otorgó libertad condicional.
Ahora el Estado venezolano utiliza el mismo expediente para revocar nuevamente la libertad al dirigente nacional de la tolda naranja, quien se mantiene en la clandestinidad. La orden judicial ordenada por Nicolás Maduro alegando que “Rivero es un traidor a la revolución que entrena a grupos de jóvenes manifestantes y estudiantes para organizar protestas en todo el país”, representa una violación evidente a la medida de protección otorgada por el Consejo de Derechos de la ONU al militar retirado, la cual dispuso “el fin del proceso que se sigue en contra del Sr. Antonio José Rivero González y el fin de su libertad incondicional, debiéndose decretar su libertad inmediata y sin restricciones”.