Consideran “aberrante” privativa de libertad para los estudiantes

FRENTE NACIONALMiembros del Frente nacional por la libertad de los estudiantes y presos políticos, del Frente nacional de mujeres y jóvenes del movimiento estudiantil, rechazaron este jueves en la Plaza Alfredo Sadel el fallo que en la audiencia preliminar de Sairam Rivas, Christian Gil y Manuel Ortiz realizada el pasado miércoles que determinó que deberán seguir privados de libertad en la sede del Sebin. NP

Susana Rojas, vocera del Frente nacional por la libertad de los estudiantes y presos políticos calificó de “injusticia” la acción llevada en los tribunales en contra de los estudiantes que fueron detenidos el pasado 8 de mayo cuando la Guardia Nacional Bolivariana, GNB, realizara un allanamiento al campamento estudiantiles asentado en la Plaza Alfredo Sadel de Las Mercedes.

Explicó que con esta medida, “Se ratifica el autoritarismo y la represión con un juicio político no ajustado a derecho en nuestra contra. Vemos con mucha tristeza que se haya tomado una decisión aberrante con falta de claridad y precisión jurídica que deja tras las rejas a una dirigente y gremialista estudiantil como es Sairam Rivas además de sus compañeros, por lo que exigimos la libertad plena de todos ellos”.

Señaló que, “Fue clara la arremetida en contra del dirigente Leopoldo López así como la situación de incertidumbre en torno a Simonovis y su estado de salud, algo que se volvió un misterio tanto para sus familiares como para el país por parte de quienes tienen en control del gobierno, una constante relacionada con todos aquellos que protestamos contra este régimen. Hoy le decimos a Nicolás y Rodríguez Torres, seguiremos en la calle hasta obtener justicia y libertad plena de las 71 personas que están injustamente detenidas en este país”.

Por su parte, Carlos Daniel Moreno, abogado de los estudiantes detenidos y miembro del Foro penal venezolano manifestó su sorpresa ante lo ocurrido en tribunales la noche del pasado miércoles porque, “La acusación presentada por el Ministerio Público carecía de los requisitos esenciales para promover la acción punitiva por parte del Estado, no sólo en contra de los estudiantes, sino de cualquier ciudadano”.

Aseguró que existe un conjunto de requisitos establecidos en el Código orgánico procesal que se deben cumplir para la procedencia de la acusación y que en este caso fueron violentados. “Nos sorprendió que aún cuando el Juez segundo de control en su pronunciamiento, reconoce que la acusación no reunía los requisitos esenciales, invocó una excepción establecida en el COPP en el artículo 20 numeral 2, que es la posibilidad que el Estado intente la persecución nuevamente cuando ésta ha sido promovida ilegalmente”.

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