La detención -a petición de EE.UU.- del general y ex director de Inteligencia Militar de Venezuela, Hugo Carvajal, en Aruba ha provocado la protesta del presidente de Venezuela, Nicolás Maduro.
Se trata de un nuevo capítulo de roces diplomáticos de vieja data que ahora incluye a Holanda y que está provocando un agrio debate en torno a la interpretación del derecho internacional.
Maduró calificó la detención de Carvajal, que está retenido en una comisaría de policía, de «ilegal» y «arbitraria».
Según el gobierno de Venezuela, Carvajal fue nombrado cónsul general en Aruba y Maduro afirmó que portaba un pasaporte diplomático cuando fue detenido.
Pero Aruba asegura que el general no goza de inmunidad diplomática.
La detención se produjo a petición de Estados Unidos, por cargos de narcotráfico y apoyo a la guerrilla colombiana de las FARC. Las autoridades de este país tienen ahora 60 días para tramitar la petición de extradición.
La Convención de Viena de Relaciones Consulares, en vigor desde 1967, establece que los jefes de oficina consular deben ser admitidos por el Estado que los recibe, en este caso el Reino de los Países Bajos, que regula las relaciones exteriores de Aruba.
«Es un privilegio del Estado receptor el aceptar a la persona como representante de otro Estado», explicó Anna Ayuso, doctora en Derecho Internacional Público y profesora asociada de la Universidad Autónoma de Barcelona.
«El Estado receptor tiene que emitir una autorización, que se llama exequator«, aseveró. Sin esa aceptación, la persona no puede tomar posesión de su cargo.
La Fiscalía de Aruba asegura que la inmunidad diplomática está asociada a un cargo que en este caso no existe. «Carvajal tiene pasaporte diplomático, pero no goza de inmunidad», explicó a BBC Mundo Ann Angela, portavoz de la Fiscalía. «Carvajal no tiene una acreditación en Aruba«.
Crímenes graves
Si el gobierno de Venezuela considerase que Carvajal no fue nombrado jefe del consulado, sino solo un funcionario más, estos gozan también de inmunidad de jurisdicción, pero solo para los actos cometidos «en el ejercicio de sus funciones consulares».
Además, la inmunidad no es absoluta. Los representantes consulares pueden ser detenidos en caso de «crímenes graves».
Esto requiere que exista un documento legal emitido por la autoridad legal competente.
El gobierno de Venezuela, sin embargo, mantiene que Carvajal es un funcionario diplomático y que su arresto supone una violación de la Convención de Viena Sobre Relaciones Diplomáticas de 1961.
Esta convención otorga una inmunidad más amplia que la Convención de Relaciones Consulares.
El Estado receptor también tiene prerrogativas en este caso. «La Convención de Viena de Relaciones Diplomáticas no le niega al Estado receptor el derecho de decidir que una persona de la misión diplomática no es aceptable», explicó Patricio Gane, socio de la firma de derecho internacional público, Volterra Fietta.
«En este caso, el estado acreditante deberá retirar a esa persona o poner término a sus funciones. Si esa persona no se retira del territorio o cesa en sus funciones, el Estado receptor puede negarse a reconocerlo como miembro de la misión, en cuyo caso no le reconocerá a esa persona los privilegios e inmunidades que contempla la Convención», dijo Grane.