La Sala de Casación Penal declaró procedente la solicitud de extradición activa de la ciudadana Alejandra Arango Rendón De Raimondi, natural de Medellín, de nacionalidad venezolana por naturalización, a la República de Colombia, por los delitos de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en la modalidad de transporte, tipificado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas; legitimación de capitales y asociación para delinquir, tipificados en los artículos 35 y 37, respectivamente, de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
Indica la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que asume el firme compromiso ante el Gobierno de Colombia, que dicha ciudadana será juzgada con las debidas garantías constitucionales, procesales penales, establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
La decisión del Máximo Juzgado venezolano, cuya ponente fue la magistrada Deyanira Nieves Bastidas, también ordena remitir al Poder Ejecutivo Nacional, por órgano del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, una copia certificada del fallo y de las actuaciones que cursan en el expediente.
En el presente caso el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Barlovento, dictó orden de aprehensión contra Alejandra Arango Rendón De Raimondi, pero la misma no se ha podido ejecutar porque la ciudadana no se encuentra en el territorio nacional.
Existe constancia que dicha ciudadana se encuentra en Colombia, porque según información suministrada por Elsa Iliana Gutiérrez Graffe, directora general (E) de Relaciones Consulares del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, Alejandra Arango Rendón fue capturada el 11 de junio de 2014 en territorio colombiano, en virtud de pesar en su contra notificación expedida por Interpol.
Prensa TSJ