La Superintendencia Nacional de Actividades Hípicas publicó, a través de la Gaceta Oficial Nº 40.523 , las condiciones y requisitos que deben cumplir aquellas personas naturales o jurídicas que aspiren ser beneficiarias de una licencia o autorización otorgada por la Superintendencia para la Explotación de Actividades de Juegos y Apuestas Hípicas.
Clases de Licencias paras las empresas operadoras
Licencia clase 1: empresa operadora de juegos y apuestas exóticas basadas en espectáculos hípicos en tiempo real dentro del territorio nacional. Tales como: Macuare hípico, remate o subasta on-line, parley hípico, tablas fijas hípicas, tablas dinámicas hípicas y otras actividades.
Licencia clase 2: empresas operadoras de juegos y apuestas basadas en los espectáculos hípicos en tiempo real realizados fuera del territorio nacional.
Licencia clase 3: empresas operadores de juegos y apuestas basadas en los espectáculos hípicos en tiempo diferido.
Licencia clase 4: empresas operadoras de audio-texto, aquellas que transmitan información por medios electrónicos sobre recomendación de datos y/o pronósticos de carreras.
Prohibiciones
– No permitir el ingreso y/o presencia de niños, adolescente en las áreas de esta actividad
– No permitir esta actividad a menos de 200 metros de instituciones educativas, clínicas y hospitales. Tampoco dentro de los parques nacionales, monumentos naturales, parques de recreación, plazas y lugares considerados patrimonios cultural.