A solicitud del Ministerio Público, fueron acordadas medidas de protección ambiental en los parques nacionales Henri Pittier (estado Aragua) y Waraira Repano (área metropolitana de Caracas), las cuales estarán en vigencia entre los meses de enero a junio de 2015, con la finalidad de brindar el resguardo y preservación de estos espacios naturales.
La acción judicial fue solicitada por los fiscales 88° nacional y auxiliar, con competencia en defensa integral del ambiente, Luz Mayela Hernández y Jesús Cermeño, respectivamente, y estuvo fundamentada con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica del Ministerio Público y la Ley Penal del Ambiente.
En este sentido, los tribunales 11º del estado Aragua y 17º del área metropolitana de Caracas dictaron las medidas de protección en los mencionados parques nacionales, entendiendo que es un derecho colectivo al cual accede un numeroso grupo de visitantes y excursionistas.
Entre las acciones decretadas, están: resguardo y control de acceso a los aludidos parques por parte de funcionarios adscritos a la Guardia Nacional Bolivariana (GNB), quienes deben realizar revisiones exhaustivas de las personas que ingresen a los mismos con bolsos, morrales y koalas, a fin de evitar la introducción de materiales y elementos acelerantes que pudieran originar incendios de vegetación.
A tal efecto, los efectivos de la GNB podrán retener sustancias, materiales u objetos que puedan servir como elementos acelerantes de incendios de vegetación, tales como cigarrillos, fósforos, yesqueros, velas, velones, mecha, luces de bengala, entre otros.
Asimismo, fue acordada la prohibición durante los meses de sequía (enero-junio) de la pernocta dentro de los linderos del Waraira Repano, permitiéndose efectuar dicha actividad solamente en las posadas destinadas a tales fines y además ejecutar por parte de funcionarios de la “Misión Árbol”, programas de saneamiento y de recuperación de las áreas de vegetación que resulten afectadas.
Adicionalmente, se acordó realizar las notificaciones de las medidas acordadas a los ministerios del Poder Popular para el Ecosocialismo, Hábitat y Vivienda; para la Comunicación e Información; Instituto Nacional de Parques (Inparques), gobernaciones y alcaldías competentes; a los fines de que se proceda a la promoción, difusión y aplicación de las medidas decretadas.