Los rubros que tendrán prioridad serán el pollo entero, carne, ganado para reproducción, pernil, leche en polvo, fórmulas lácteas infantiles, trigo, arroz paddy, azúcar crudo, maíz blanco (harina precocida), aceites vegetales, pastas, café verde, leche uht, harina de trigo, soya, maíz amarillo, leguminosas (caraotas, letenjas y arvejas) y lomo de atún para la industria, entre otros
Los trámites administrativos y procedimientos operativos para importar productos prioritarios serán simplificados, con el propósito de garantizar el abastecimiento nacional y el acceso del pueblo venezolano a estos artículos de forma oportuna.
De acuerdo con el decreto presidencial 1.590, publicado en la Gaceta Oficial 6.169, que circuló este miércoles, los trámites requeridos por los Ministerios de Economía, Finanzas y Banca Pública; Defensa, Comercio, Industrias, Agricultura y Tierras, Transporte Acuático y Aéreo, Transporte Terrestre, Petróleo y Minería, Alimentación y Salud; serán revisados y modificados, si así lo requieren, para reducir los plazos de ejecución de las gestiones y aumentar la disponibilidad de los rubros.
El decreto agrega que la obtención de Licencias de Importación, de Certificados de No Producción Nacional (CNP) y de Insuficiencia de Producción (CIP), así como las Autorizaciones de Adquisición de Divisas (AAD), que se vencieron entre el 1º de diciembre y el 31 de diciembre de 2014 y los que expiran en el lapso comprendido desde el 1º y el 31 de enero de 2015, mantendrán su vigencia hasta el 30 de marzo próximo.
De acuerdo con el decreto presidencial 1.590, publicado en la Gaceta Oficial 6.169, que circuló este miércoles, los trámites requeridos por los Ministerios de Economía, Finanzas y Banca Pública; Defensa, Comercio, Industrias, Agricultura y Tierras, Transporte Acuático y Aéreo, Transporte Terrestre, Petróleo y Minería, Alimentación y Salud; serán revisados y modificados, si así lo requieren, para reducir los plazos de ejecución de las gestiones y aumentar la disponibilidad de los rubros.
Entre los alimentos considerados prioritarios están el pollo, carne de res y de cerdo, ganado bovino y porcino, leche en polvo, fórmulas lácteas infantiles y para regímenes especiales, trigo, arroz, azúcar, maíz, margarina y aceites vegetales, entre otros.
De igual manera, se toman en cuenta los insumos para rubros alimenticios como premezcla, micro y macro elementos, fosfatos y carbonatos para la elaboración de alimentos balanceados para animales; alimentos concentrados para camarones, cachamas y truchas; así como elementos para aceites, margarinas y cereales; para la producción agrícola y la limpieza e higiene de plantas de alimentos.
El decreto también incluye las partes, piezas, repuestos, maquinarias e insumos para transporte terrestre de carga, agrícola o para servicio público; productos para el aseo del hogar y cuidado personal, medicamentos, material médico quirúrgico, métodos anticonceptivos, equipos de diagnóstico in vitro, insumos odontológicos, etc.
El decreto agrega que la obtención de Licencias de Importación, de Certificados de No Producción Nacional (CNP) y de Insuficiencia de Producción (CIP), así como las Autorizaciones de Adquisición de Divisas (AAD), que se vencieron entre el 1º de diciembre y el 31 de diciembre de 2014 y los que expiran en el lapso comprendido desde el 1º y el 31 de enero de 2015, mantendrán su vigencia hasta el 30 de marzo próximo.
Estos documentos son esenciales para la tramitación de importaciones.
AVN