La Mesa de la Unidad Democrática exige la nulidad absoluta de la resolución publicada en la Gaceta Oficial 40.589, donde el Ministro de la Defensa, General del Ejército Vladimir Padrino López, declaró formalmente la legalización de la pena de muerte en Venezuela a manos de los cuerpos de seguridad del Estado, sin juicio, ni mecanismos legales previos, violando la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y tratados internacionales.
La denuncia la hizo en rueda de prensa, Delsa Solórzano, Coordinadora de la Comisión de Derechos Humanos de la Mesa de la Unidad Democrática y vice presidenta del partido Un Nuevo Tiempo, quien manifestó su profundo rechazo por la abominable resolución número 008610, publicada en la Gaceta Oficial 40. 589 de fecha 27 de Enero de 2015, firmada por el general del Ejército Vladimir Padrino López, en su carácter de Ministro de la Defensa.
A esta rueda de prensa, acompañaron a la Diputada al Parlamento Latinoamericano, Delsa Solórzano, la Diputada Dinora Figuera y Elaisa Ferris ambas de Primero Justicia, Gustavo Paniz miembro de la MUD Juvenil, así como los dirigentes de UNT Ysrrael Camero y Mauricio Gutiérrez.
Explicó Solórzano que la Constitución venezolana dice claramente en su artículo 68, que los venezolanos tenemos derecho a manifestar y dicho artículo señala textualmente que se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancia tóxicas en el control der manifestaciones o reuniones públicas.
“También dice nuestra Constitución que es la ley la que regula, no resoluciones y no ministros, la actuación de los cuerpos policiales y de seguridad en el control del orden público. De tal modo que usted Padrino López, con la firma de esta resolución 008610, no solamente ha usurpado funciones del Constituyente, al modificar el artículo 68 de la Constitución, sino que también ha usurpado funciones de los diputados a la Asamblea Nacional, porque usted no tiene atribuciones legislativas. Señor Padrino López”.
Enfatizó la diputada Solórzano que es contradictoria la resolución, porque en su artículo 2 señala textualmente que la misma es aplicable en tiempos de paz. “¿En tiempos de paz usted ordena que nos maten, Señor Padrino López?”. En ese sentido advirtió haciendo referencia al artículo 337 de la Constitución venezolana, que regula los estados de excepción, que ni siquiera en la declaratoria de este tipo de estados se puede suspender el derecho a la vida, se pueden suspender algunas garantías constitucionales, como la del libre tránsito.
«Con esta resolución usted ha declarado la suspensión del derecho a la vida señor Padrino López. De tal modo que nosotros en Venezuela, no solamente estamos en manos de la violencia armada criminal que azota nuestras calles y que dejó un saldo de cerca de 25 mil personas muertas en el 2014, sino que ahora estamos en manos de la violencia armada de los organismos de seguridad del Estado, a la cual usted le ha dado autorización para salir a matar a la gente en la calle”.
En tal sentido es importante señalar que el numeral 7 del artículo 22 de dicha resolución establece textualmente lo siguiente: Violencia Mortal: Creación de una situación de riesgo mortal, frente al cual, la funcionaria o funcionario militar, aplicará el método del uso de la fuerza potencialmente mortal, bien con el arma de fuego o con otra arma potencialmente mortal”.
Indicó además la diputada Solórzano que este permiso para usar armas de fuego contra la población, deberá ser ejecutada solo con la autorización del Ejecutivo Nacional. “Es decir que Nicolás Maduro, será el encargado de dar la orden para que las fuerzas de seguridad del Estado salgan a reprimir manifestaciones públicas con armas de fuego potencialmente mortales”.
Ante esta situación tan delicada, Delsa Solórzano hizo un llamado a los miembros de las Fuerzas Armada Nacional Bolivariana, para que no cumplan con esta orden de sus superiores para cometer un delito. “Quienes cometan delitos amparados por órdenes superiores serán sancionados” y advirtió que estos delitos de lesa humanidad no prescriben, de acuerdo al artículo 29 de la Constitución, hechos que también están contemplados en el Estatuto de Roma, es decir que serán juzgados por la Corte Penal Internacional.
“Usted señor Padrino López, ya solo por haber firmado esta resolución, es responsable de haber cometido un crimen de Lesa Humanidad. Así que tenga por seguro que no quedará impune.” Sentenció Solórzano.