La Corte de Apelaciones del Circuito penal del Área metropolitana de Caracas, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Leopoldo López, contra de la decisión dictada por el juzgado vigésimo óctavo en funciones de juicio del mismo Circuito Judicial Penal
El Juzgado revisó la decisión apelada y consideró que se encuentra debidamente motivada, además que no hubo infracción del artículo 23 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ni se configuró la falta de aplicación de los artículos 174 y 175 del Código Orgánico Procesal Penal.
Por tales razones, el órgano jurisdiccional mantuvo la medida privativa de libertad contra Leopoldo López, continuando como sitio de reclusión el Centro Nacional de Procesados Militares.
Nota de Prensa