La empresa encargada de la disposición de desechos químicos y sólidos que suponen una amenaza para quienes hacen vida en la zona -tanto en su seguridad física como en su salud-, tuvo que paralizar sus labores por una orden judicial
Desde mayo del 2013 se mantiene sobre el edificio donde operaba la fábrica de cosméticos de la Revlon, ubicada en la avenida Sanatorio del municipio Sucre, una Medida Precautelativa Ambiental que impide el acceso al lugar del siniestro, la cual fue emanada por el Juez Sexto de Primera Instancia en Función de Control.
Por tal motivo no se han podido realizar las labores de remoción de químicos y escombros en el lugar, así como culminar los trabajos de demolición de la edificación, que ya se ha desplomado en un 60% a consecuencia del incendio que consumió buena parte de esa estructura, ocurrido el 5 de junio del 2011.
“Hasta que no termine esa causa judicial no podemos dar un permiso para terminar de demoler el edificio o para construir uno nuevo”, dijo el presidente de la Comisión de Urbanismo del Concejo Municipal de Sucre, el concejal Juan Carlos Vidal.
Lo que dice la ley
Según el artículo ocho de la Ley Penal del Ambiente, “el juez o jueza competente podrá adaptar, de oficio o a solicitud del Ministerio Público, en cualquier estado o fase del proceso, las medidas precautelativas que fuesen necesarias para eliminar un peligro, interrumpir la producción de daños al ambiente o a las personas, impedir la continuación o reaparición del daño o peligro, evitar las consecuencias degradantes del hecho que se investiga o asegurar el restablecimiento del orden”.
En el caso de la estructura de la Revlon, parcialmente destruida y a punto de colapso, donde además hay tanques con sustancias que podrían provocar una explosión o provocar daños a la salud de quienes hacen vida en la zona, sin duda, están dadas las condiciones para una inmediata acción judicial como la especificada en el citado artículo de la Ley Penal del Ambiente.
Entre las medidas que un juez o jueza pudiera tomar en un caso como éste, resaltan del artículo ocho los siguientes numerales:
“1.- Prohibir el funcionamiento de instalaciones o establecimientos hasta tanto se corrija o elimine la causa de la alteración o se obtengan las autorizaciones correspondientes.
2.- Interrumpir la actividad origen de la contaminación o deterioro ambiental sujeta a control del Ejecutivo.
3.- Ordenar la ocupación temporal, total o parcial, de las fuentes contaminantes hasta tanto se corrija o elimine la causa degradante o se otorguen las garantías necesarias para evitar la repetición de los hechos.
4.- Ordenar la ejecución de trabajos a fin de eliminar o impedir el resurgimiento de daños al ambiente, por parte del infractor o infractora, o de oficio, a costa del responsable de los riesgos o daños.
5.- Ordenar la retención de substancias, materiales, recursos naturales u objetos sospechosos de estar contaminados, causar contaminación o estar en mal estado.
6.- Ordenar la destrucción o neutralización de substancias, recursos naturales o productos comprobadamente contaminantes o contaminados.
7.- Ordenar el retiro o retención de vehículos u objetos abandonados en lugares donde su sola presencia alteren el ambiente (…)
9.- Ordenar la ocupación o eliminación de obstáculos, aparatos, objetos u elementos cualesquiera que trastornen el funcionamiento adecuado de vehículos, establecimientos, instalaciones, plantas de tratamientos o fuentes emisoras de contaminantes.
11.- Ordenar la instalación de dispositivos necesarios para evitar la contaminación o degradación de los recursos naturales o el ambiente.
12.- Cualquier otra medida tendiente a conjurar un peligro o evitar la continuación de actos perjudiciales al ambiente”.
Trabajos a medio terminar
La empresa Consultores Ambientales A.S.M., C.A. es la encargada de los trabajos de limpieza de los desechos químicos que se mantienen en las ruinas de la Revlón, labores que debieron iniciar a finales del 2013, no obstante, según explicó Nixon Alexis Daboin, presidente de la citada compañía, no han podido culminar los mismos.
“Empezamos con la remoción de los químicos que había en los restos del edificio de la Revlon, pero el Tribunal no nos dejó tener más acceso al lugar por la causa que estaba en curso”, explicó Daboin. “Llegamos al 80 % de los trabajos de la primera de varias etapas que teníamos previstas para disponer de los desechos y los químicos que aún siguen allí, además de las obras de limpieza por los trabajos de demolición que se harían del edificio”.
“No entiendo por qué todavía no se ha terminado de derribar el edificio”, dijo la abogada Norma Cigala, una de las apoderadas judiciales de la Revlón, quien agregó sobre la investigación de las causas del siniestro en el edificio que “todavía no se saben si se incendio o lo incendiaron”
Luís Guillermo Valera
lvalera@diariolvoz.net
Fotógrafo: Giovanni Martínez