La presidenta del Consejo Municipal de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente, Yris Yubirí González, recordó que son atribuciones de dicha institución “velar por la garantía de los derechos y la protección integral de estas personas en edades susceptibles de riesgo”
El Consejo Municipal de Derechos del Niño, Niña y Adolescentes (Cmdnna), hace un llamado a toda la comunidad acevedence a fin de garantizar el cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (Lopnna), en vista de las sanciones (multas) que comenzarán a aplicarse a partir del miércoles 15 de julio de 2015, por violaciones a los artículos que van desde el 220 al 236 de dicha Ley.
Tales artículos se refieren, entre otros, a la obligación de manutención, al derecho de inscripción al nacer y obtener identidad, a la educación, a violaciones al derecho y garantía en instituciones de atención, al derecho de opinión, al derecho de manifestación, de reunión o asociación, a la confidencialidad de la audiencia y a la confidencialidad por un medio de comunicación.
También sanciona el no acatamiento a la prohibición de ingreso a espacios de juegos de envite o azar, al alojamiento ilegal, al transporte ilegal, a la entrega ilegal, a la omisión de información de la naturaleza de espectáculos, al desapego a la ley de un medio de comunicación, al suministro de material de difusión de imágenes y sonido así como al suministro de material impreso.
De acuerdo a la información suministrada por la Presidenta del Consejo Municipal de los Derechos del Niño Niña y Adolescente (Cmdnna) del municipio Acevedo, Yris Yubirí González, son atribuciones de dicha institución velar por la garantía de los derechos y la protección integral de estas personas en edades susceptibles de riesgo.
Aunque en uno de sus artículos, la propia Ley otorga el derecho a la libertad de tránsito de Niños, Niñas y Adolescentes, así como acudir a espacios públicos y comunitarios, se requiere del acompañamiento de su padre, madre, representante o responsable o el permiso emitido por el Cmdnna en las unidades de transporte público dentro o fuera del municipio.
La violación de esta disposición legal contempla multas que van de 60 a 120 Unidades Tributarias, cuyo monto deberá ser pagado dentro de los ocho días hábiles de su notificación a nombre del Fondo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y de no ser cancelada en el lapso establecido tendrá un recargo del 12% anual.
Barlocom