La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) publicó este lunes un fallo en el que condena al Estado venezolano y le ordena restablecer la frecuencia de Radio Caracas Televisión (RCTV), que no le fue renovada en el año 2007, reseñó EFE.
“El Estado deberá restablecer la concesión de la frecuencia del espectro radioeléctrico correspondiente al canal 2 de televisión y deberá devolver los bienes objeto de las medidas cautelares”, indica la sentencia, notificada este lunes a las partes.
La CorteIDH dio por “probado que en el presente caso se configuró una restricción indirecta al ejercicio del derecho a la libertad de expresión producida por la utilización de medios encaminados a impedir la comunicación y circulación de la ideas y opiniones”.
La CorteIDH determinó que el Estado violó el deber de no discriminación, el derecho al debido proceso, al de un plazo razonable en un contencioso y el derecho a ser oído de los propietarios y trabajadores de RCTV.