Los vehículos adjudicados y comercializados por la Misión Transporte no se podrán vender, arrendar, donar, ceder o dados en comodato, y de ninguna forma enajenados a título gratuito u oneroso, dentro del lapso de 3 años siguientes a su adjudicación o compra.
Así lo establece una resolución conjunta del ministerio de Transporte Terrestre, Industria, Economía y Finanzas, así como del despacho de Relaciones Interiores, Justicia y Paz, publicado en la Gaceta Oficial Nro. 423.949.
En las condiciones de la adjudicación y comercialización de los vehículos -otorgados por la Misión Transporte- se explica que en la certificación de origen y certificado de registro del carro habrá una nota de prohibición de venta, arrendamiento, donación, cesión.
Asimismo, llaman a todas las dependencias y organismos del Estado a abstenerse de tramitar los documentos de ventas, arrendamiento o cualquier forma de enajenación.
Fuente: Globovisión