La Vicepresidencia de la República publicó en la Gaceta Oficial Número 40.774, que circula hoy, la providencia mediante la cual se regulan las modalidades para determinación, fijación, marcaje de precios en todo el territorio nacional.
El texto refiere que este providencia tiene objetivo establecer “el régimen ordinario para la regulación sobre determinación, fijación, marcaje de precios para los bienes y servicios comercializados en el territorio nacional, la cual no limitará la capacidad de esta autoridad administrativa de dictar normas técnicas generales o particulares“.
La nueva normativa es aplicable a toda persona natural o jurídica. Asimismo, coloca márgenes máximos de ganancia: Para los importadores de bienes y servicios de hasta 20% y para los productores nacionales de 30%.
También define las figuras de Precio Máximo de Venta del Productor, Importador o Prestador de Servicio, el Precio Máximo de Venta al Público y el Precio Justo. Aclara que los costos serán aprobados y fijados solo por la Sundde.
El marcaje o rotulado se hará de la siguiente forma: Las siglas del Precio Máximo de Venta al Público, el monto en Bs, el IVA, el “Total a Pagar”, la fecha del marcaje (mes y año).
Está prohibido el marcaje de más de un PMVP de un mismo servicio o remover las etiquetas, tachar o enmendar el precio indicado originalmente ni fijar en lista precios superiores a los marcados.