El Ministerio de Salud estableció una Lista Nacional de Medicamento Esenciales (LNME), la cual será de obligatorio cumplimiento para el Sistema Público Nacional de Salud; de acuerdo con la Gaceta Oficial 40.777, que circula este viernes.
Por lo tanto, si los establecimientos del sistema de salud pública desean adquirir otro medicamento deben solicitarse por escrito al despacho del viceministro de Hospitales, anexando la justificación correspondiente.
Según la resolución número 104, estos medicamentos deberán ser adquiridos y prescrito con prioridad por parte del sistema de salud pública.
Entre los fármacos, destacan las drogas para desordenes funcionales gastrointestinales, laxantes, antidiarreícos, vitaminas, preparados antianémicos, antihipertensivos, diuréticos, agentes para el tratamiento de hemorroides, antibióticos y quimioterápico, antinfecciosos y antisépticos ginecológicos, antivirales, inmunoestimulantes.
Para el sistema músculo-esquelético, también integran esta lista los productos antiinflamatorios, miorrelajantes, anestésicos, analgésicos, antiepilécticos, drogas antiparkinsonianas y psicolépticos.