Parlamentarios oficialistas acudieron este jueves al Tribunal Supremo de Justicia para introducir una serie de petitorios en relación con las recientes acciones tomadas por la nueva junta directiva de la Asamblea Nacional, luego de que este martes, juramentara a 3 diputados opositores suspendidos temporalmente por el máximo órgano judicial al admitir un recurso de impugnación por parte del Psuv el 30 de diciembre de 2015.
En representación del bloque, Pedro Carreño explicó que entregaron 3 documentos a la Sala Electoral, uno de ellos consta de siete puntos:
Primero: Solicitar a la sala que declare con lugar la presente acción de inconstitucionalidad y, en consecuencia, admita esta solicitud reconociendo la condición de terceros interesados en el proceso
Segundo: Se declare la nulidad por razones de inconstitucionalidad e ilegalidad la juramentación de los ciudadanos: Nirma Guarulla, Julio Ygarza y Rommel Guzamana efectuada el 6 de enero de 2016 por la junta directiva de la AN.
Tercero: Ordene a la junta directiva de la Asamblea Nacional que se abstenga de considerar válida la participación como integrante del órgano legislativo de esos ciudadanos, cuyo acto de proclamación fue suspendido en virtud de la sentencia número: 260 del 30 de diciembre de 2015 de la Sala Electoral, dado que los mismos no ostentan la cualidad de diputados como consecuencia de la decisión judicial.
Cuarto: Que declare la nulidad de cualquier decisión tomada por la Asamblea Nacional, tanto en el ámbito legislativo, como de carácter político que se apruebe, mientras dichos ciudadanos no se desincorporen.
Quinto: Que se ordene a los órganos administrativos de la AN se abstengan de incorporar en la nómina de pago a los diputados nombrados, so pena de incurrir en desacato correspondiente.
Sexto: Guarulla, Ygarza y Guzamana no cumplen con lo legal para ostentar la condición de parlamentarios, por lo tanto no gozan de inmunidad.
Siete: Que se ordene al Ejecutivo Nacional la prohibición de publicar en gaceta oficial cualquier acto, tanto legislativo como de control político, que apruebe la AN, mientras estos ciudadanos estén incorporados, por estar viciados de nulidad absoluta.
Carreño considera que la proclamación de los 3 parlamentarios electos en Amazonas quedó sin efecto en el mismo momento en el que el TSJ ordenó “de forma provisional e inmediata la suspensión de efectos de los actos de totalización, adjudicación y proclamación emanados de los órganos subordinados del Consejo Nacional Electoral respecto de los candidatos electos por voto uninominal, voto lista y representación indígena” tras los comicios del 6D.
Por último, enfatizó que se trata de un Parlamento ilegal y, por lo tanto, todas sus aprobaciones son ilegales. En su opinión, si el poder legislativo nacional está en “desacato, se coloca al margen de la Constitución, desconoce al poder ciudadano, al judicial; y el presidente de la AN dice que al jefe de Estado le quedan 6 meses, aquí aplica el principio de reciprocidad y el resto de los poderes tendrán que desconocer a la Asamblea Nacional y quedaría inhabilitada para interpelar, para llamar, etc.
Unión Radio