En Venezuela existe la previsión constitucional del Referendo Revocatorio, que ya ha tenido la ocasión de ser activado
En lo político, el hecho más relevante del año que se inicia es la decisión tomada por la oposición de sacar a Nicolás Maduro de la presidencia lo más pronto posible, de modo que han sido descartadas por este sector otras opciones estratégicas, como el recorrido institucional progresivo que tendría como próxima estación la elección de gobernadores de diciembre de este año en ruta hacia el 2019.
Se ha informado que el método será definido con rapidez, en el primer semestre. Esto es considerado como el objetivo central, por lo que es de esperarse una agenda legislativa acorde con este fin, iniciativas políticas que creen un clima favorable a esa política y también movilizaciones de calle.
Más allá de las consideraciones jurídicas y de que la decisión pueda emprenderse en el marco de la legalidad, es un hecho evidente que de esa política deriva una nueva situación conflictiva y llena de tensiones.
Siempre ocurre así cuando se plantea la salida de un presidente antes de que finalice su período constitucional, en cualquier parte del mundo, independientemente de cuál sea la modalidad que se utilice, bien sea el impeachment estadounidense, el golpe parlamentario paraguayo o la mano militar de Honduras. De alguna manera se ha desenterrado “el hacha de la guerra”, aunque no se trate necesariamente de un enfrentamiento armado.
Ahora bien, en Venezuela existe la previsión constitucional del Referendo Revocatorio, que ya ha tenido la ocasión de ser activado.
Por supuesto, es un mecanismo que no libera de tensiones al país, pero las modula por medio de una dinámica electoral reconocida.
De pautarse su realización, los ánimos se encresparán y el proceso concentrará todas las energías de la sociedad, pero bajo este método el enfrentamiento pudiera tomar un cauce más previsible.
Lo que llama la atención es que este mecanismo no haya sido invocado por la oposición al anunciar su estrategia para 2016, ya que es la fórmula explícita consagrada en la Constitución para poner cese a los mandatos de los cargos electos por votación popular.
Esa figura jurídica no existía en la anterior Constitución, la de 1961, y es uno de los rasgos característicos de la Constitución actual.
La utilización de otros mecanismos distintos al Referendo Revocatorio, como el enjuiciamiento al Presidente o una reforma constitucional, puede generar mayores problemas y el choque de poderes, puesto que representaría un atajo fraudulento para evadir la norma establecida que obliga a utilizar una modalidad concreta para estos casos. Si se quiere que el “hacha de la guerra” sea sólo una metáfora, el camino a seguir es el apego al texto constitucional. Si se apela a “interpretaciones creativas”, entonces se habrá desenterrado de verdad una afilada contienda.
Leopoldo Puchi