“En este momento, en relación con la empresa Recicladora Metal John 1851 C.A. y en especial con la falsa denuncia interpuesta por la alcaldesa del municipio Brión del estado Miranda, en la Fiscalía octava con sede en Caucagua, municipio Acevedo, esta resultó resuelta mediante un decreto judicial de sobreseimiento previsto en el Código Procesal Penal en su artículo 300, ordinal segundo a favor del ciudadano John Galvis”, expreso este lunes en Higuerote la doctora Hilda Uzcátegui, representante legal de la mencionada empresa chatarrera.
Uzcategui resaltó que: “este decreto judicial fue emitido por la ciudadana juez de control, quien determino sin lugar a duda que el ciudadano denominado farsante, no cometió ningún tipo de delito, por lo que el funcionario que atesto farsante en hecho punible, es responsable civil y penalmente de los actos cometidos y que han quedado demostrado en el derecho judicial dictado a favor de mi defendido o representado.”
Aseguro que, siendo que esta sentencia ha quedado definitivamente firme, “hemos procedido a interponer las acciones legales pertinentes por ante el Ministerio Publico de manera específica por ante la Fiscalía 24 con la finalidad de denunciar a todos los agentes policiales (Poli Brión) que el día 7 de julio de 2.015 se introdujeron al domicilio donde funciona la empresa Recicladora Metal John, y quienes sin tener orden judicial allanaron, privaron de libertad y sustrajeron bienes propiedad de mi representado”.
Aseguro la abogada que estos actos cometidos por los agentes policiales fueron ejecutados pon ordenes de la alcaldesa profesora Liliana González, “por lo que procedimos a denunciarla ante la Fiscalía 25 del Ministerio Publico del estado Miranda, por los delitos de corrupción, abuso de poder y actos arbitrarios cometidos en contra del ciudadano John Galvis, su familia y bienes, ya que durante el allanamiento fueron sustraídos una gruesa cantidad de dinero, una gran cantidad de cauchos y 756 sacos de cemento, que dicho sea nunca fueron declarados en la cadena de custodia de la denuncia formulada de forma farsante por la alcaldesa”.
-Queremos destacar -afirmó la abogada Uzcátegui- que los actos arbitrarios y el abuso de poder cometidos por la funcionaria en contra de mi representado, no han cesado ya que hasta la presente fecha existe un apostamiento policial las 24 horas en la sede de la empresa, siendo denunciados estos actos ante los funcionarios competentes a objetos de conseguir justicia y de que sea declarada la responsabilidad penal de esa funcionaria ya que dicha conducta está plenamente tipificada en el artículo 69 del decreto ley anti corrupción, “recordándole a la profesora Liliana González, que los delitos de corrupción no prescriben y que la justicia la alcanzara tarde o temprano”.
Dijo que por otra parte han accionado ante el Tribunal Contencioso competente la nulidad de la resolución dictada con prescindencia total de todas las normativas administrativas con la sola intención de perjudicar al propietario del terreno donde funciona la recicladora, que dicho sea, tiene una data de más de cien años (1910), “siendo propiedad privada y que la alcaldesa ha declarado como ejido”, manifestó Uzcátegui.
“Hago un llamado a toda la opinión pública, ante los actos arbitrarios, abusivos que ejecuta esta funcionaria pública en contra de los administrados y pido que acudan al Ministerio Publico y muy en especial a la Fiscalía 25 y formulen sus respectivas denuncias para que sea juzgada como manda la ley, ya que ningún funcionario público está por encima de la ley”, manifestó finalmente la abogada.
Tarugomar