La medida, que entró en vigencia el pasado viernes por 60 días, autoriza al Ejecutivo a adoptar decisiones para asegurar a la población el “disfrute pleno de sus derechos, preservar el orden interno” y disminuir los efectos de fenómenos climáticos que afectan la generación eléctrica y el acceso a los alimentos
El punto 1 establece que el Jefe de Estado podrá decidir la suspensión temporal y excepcional de la ejecución de sanciones de carácter político contra las máximas autoridades del Poder Público y otros altos funcionarios, cuando dichas sanciones puedan obstaculizar la continuidad de la implementación de medidas económicas
Este lunes fue oficializado el Decreto de Estado de Excepción y Emergencia Económica ordenado por el presidente, Nicolás Maduro, como medida para “asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos, preservar el orden interno, el acceso oportuno a bienes y servicios, y disminuir los efectos de las circunstancias de orden natural que han afectado la generación eléctrica y el acceso a los alimentos”.
El documento, publicado en la Gaceta Oficial Nº 6.227 bajo el número 2.323 se extenderá por 60 días, y será remitido al parlamento y al Tribunal Supremo de Justicia, y tendrán 8 días para su consideración y aprobación.
La resolución especifica que el jefe de Estado podrá:
1.- Decidir la suspensión temporal y excepcional de la ejecución de sanciones de carácter político contra las máximas autoridades del Poder Público y otros altos funcionarios, cuando dichas sanciones puedan obstaculizar la continuidad de la implementación de medidas económicas.
2.- Autorizar a Ministros o Ministras competentes para dictar medidas que garanticen la venta de productos regulados según cronogramas que respondan a las particulares de la zona o región.
3.- Implementar medidas necesarias para contrarrestar los efectos de los fenómenos climáticos, tales como el ajuste de la jornada laboral, tanto en el sector público como en el privado, y la realización de estudios y contratación de asesoría internacional para la recuperación de ecosistemas.
4.- Dictar medidas y ejecutar planes especiales de seguridad que garanticen el sostenimiento del orden público ante acciones desestabilizadoras que pretendan irrumpir en la vida interna del país.
5.- Suspender de manera temporal el porte de armas en el territorio nacional, como parte de las medidas para garantizar la seguridad ciudadana.
De igual manera, los titulares de los Ministerios con competencia en materia de banca y finanzas podrán efectuar las coordinaciones necesarias con el Banco Central de Venezuela a los fines de establecer límites máximos de ingreso o egreso de moneda venezolana de curso legal en efectivo, así como restricciones a determinadas operaciones y transacciones comerciales o financieras, restringir dichas operaciones al uso de medios electrónicos debidamente autorizados en el país.
AN lo debate hoy
La Asamblea Nacional debatirá este martes sobre el Decreto de Estado de Excepción y de la Emergencia Económica que oficializó el Ejecutivo nacional este lunes a través de la Gaceta Oficial Nº 6.227.
Esto, en conformidad con lo establecido en el artículo 339 de la Constitución y el artículo 27 de la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción.