A las oficinas de redacción del diario La Voz, se dirigió la Coordinadora Regional Miranda por parte de la tolda política Nuevo Camino Revolucionario NCR, Vanessa Bront, con el fin de brindar su apoyo a la sentencia dada el pasado lunes 17 de octubre por el Tribunal Supremo de Justicia, donde se acordó según expediente 2016-000074 un procedimiento de recurso de interpelación de los artículos 15 y 29 de las normas para regular el procedimiento de solicitud de referéndum revocatorios de mandatos de cargos de elección popular en los siguientes términos.
En principio la convocatoria del referéndum revocatorio requiere reunir el 20 por ciento de manifestaciones de voluntad del cuerpo electoral en todos y cada uno de los estados y Distrito Capital de la República.
La falta de recolección de ese porcentaje en cualquiera de los estados o Distrito Capital haría nulatoria la valida convocatoria del referendo revocatorio presidencial.
A su vez, la etapa de recolección de las manifestaciones de voluntad no pueden ni deben confundirse con el referéndum en estricto sentido, en el cual si participa la totalidad del padrón electoral, universalidad que abarca a todos los electores tanto a los que apoyan la revocatoria del mandato, como aquellos que aspiran ratificar con el cargo al funcionario electivo sometido a la consulta popular.
La recolección de las manifestaciones de voluntad no constituyen en ningún caso una consulta, ni un referendo, ni un plebiscito, de este modo lo dio a conocer Vanessa Bront, quien es Coordinadora Regional Miranda, por parte de la organización política Nuevo Camino Revolucionario NCR y además da absoluto apoyo al coordinador nacional de esta tolda p
n Patricia Terraza
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