Si bien las posiciones políticas han prevalecido en todas las constituciones en nuestro país; no es menos cierto, que la culpa no es del ciego sino del bastón en la teoría de las justificaciones
Cesáreo José Espinal Vásquez / cjev@cantv.net
Nulla poena nullum crimen sine lege. En primer año de Derecho en la UCV nos dio clases de Derecho Romano mi querido y recordado doctor Edgar Sanabria, quien utilizaba el método socrático de preguntas y respuestas: ¿adónde vas?, ¿y para qué vas? Yo lo apliqué en las clases de post-grado que dicté: ¿para qué eres abogado?, ¿y qué quieres? Nos decía el profesor Sanabria que lo primero que debe preguntarse el abogado es el por qué del juicio, y uno mismo resolverlo mediante la lógica. Pero si la lógica no concuerda con la ley, existe una “laguna” en la normativa legal. Pareciera una perogrullada, pero la lógica nos daba la razón. “Solo defiendo la recta aplicación de la ley”, fue la frase que tuve colocada en mi escritorio por cincuenta años de ejercicio profesional. El derecho no es “lo recto, lo correcto”, se conoce por sus fines que son justicia, bien común y seguridad que deben ser concurrentes, es decir, no puede haber justicia sin seguridad y bien común, porque igualmente la justicia no es solamente dar a cada uno lo suyo; es como la ley “la razón pública”, decía don Valentín Espinal. Con el respeto que pueda merecer lo justo y lo injusto de una sentencia, es indefectible, que sin ley, no habrá delito, axioma que consagra el artículo 46, numeral 6 de nuestra eximia carta magna, reiteradamente vulnerada. Si bien las posiciones políticas han prevalecido en todas las constituciones en nuestro país, desde la de 1811, que por no ser centralista se perdió la primera república, como afirmó el Liberador Simón Bolívar en Cartagena, no es menos cierto, que la culpa no es del ciego sino del bastón en la teoría de las justificaciones. La Asamblea Nacional creada por la Constitución vigente, eliminando las cámaras de senado y diputados, para el protagonismo del pueblo en asamblea, ha incurrido en desacato por sentencias de la Sala Electoral y la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, que igualmente se eliminó su composición de Corte Suprema. Por ello, las sentencias con ribetes políticos son aplaudidas por todos los magistrados en el Tribunal Supremo. No me explico por qué el Poder Legislativo se empeña tercamente en no dar cumplimiento al caso de los diputados del estado Amazonas y se comporta como niño travieso, dejando al país sin Poder Legislativo, al extremo que se le ratificó no solo el desacato, sino que la Sala Constitucional mantiene en jaque mate a una institución pública. El desacato no debe ser anulando al Poder Legislativo, por ser una sanción sin causa no prevista; la sanción debe ser “intuiite personae” a todos los diputados. Pero, asimismo, la Asamblea Nacional, deberá cumplir con participarle mediante acuerdo que cumplió al dejar sin voz y voto a los diputados “sub judice” y la Sala Electoral debió haber sentenciado al fondo y no mantener la medida cautelar. No existe pena sin ley y el Poder Legislativo está sometido por ambas partes en “litis” a cadena perpetua.