Alcaldes obligados a impedir barricadas

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia acordó medidas de amparo cautelar solicitadas por habitantes de los municipios Baruta, Chacao, El Hatillo, San Antonio de los Altos, Carrizal y dos municipios de Mérida

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó a ocho alcaldes vinculados a la oposición política a desautorizar las protestas de calles en sus jurisdicciones, manifestadas a través de barricadas o cualquier otra acción que obstaculice las vías públicas y atente contra los derechos al libre tránsito, la seguridad y paz ciudadana.

El origen de esta sentencia leída por el segundo vicepresidente del TSJ, Juan José Mendoza, es por “ocho demandas de protección de derechos e intereses colectivos interpuestas por ciudadanos habitantes de los municipios Baruta, Chacao, El Hatillo, Los Salias y Carrizal del estado Miranda y los municipios Libertador, Alberto Adriani y Campo Elías en el estado Mérida”.

A principios de mes el vicepresidente del Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv), Diosdado Cabello, informó que en efecto un grupo de ciudadanos había solicitado ante el máximo órgano de la justicia del país una medida de amparo por la “complicidad” ante los destrozos que presuntamente han permitido los alcaldes de Chacao y Baruta

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