El presidente de la Comisión de la Juventud de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), Mervin Maldonado, presentó este martes un documento base que contempla seis artículos sobre aspectos como educación, trabajo, acceso a la tecnología, entre otros, para ser considerados como el Capítulo Juventud de la nueva Constitución.
En la sesión ordinaria del órgano plenipotenciario, que se realizó en Los Teques, Miranda, Maldonado indicó que las propuestas que se presentaron surgieron a través de asambleas populares impulsadas por los 174 constituyentes jóvenes que se desplegaron por todo el territorio nacional, reseñó la Agencia Venezolana de Noticias.
«Las propuestas presentadas por la juventud en los 23 estados del país recoge en profundidad un espíritu de rebeldía, compromiso y el espíritu revolucionario de la juventud venezolana», refirió Maldonado en transmisión de Asamblea Nacional Constituyente TV.
Esta propuesta -que se fundamenta en el artículo 79 de la Carta Magna- contempla en su primer artículo que los jóvenes deben participar de manera protagónica en los procesos de desarrollo cultural, económico, político y social a fin de impulsar la actividad productiva de la nación.
En el documento se plantea que el Estado deberá promover la participación directa y protagónica de la juventud en la formulación, control y gestión pública y comunal. También, debe garantizar el acompañamiento integral y financiamiento a las organizaciones juveniles así como la protección de las iniciativas socio-productivas en el área comunal y desarrollo endógeno.
Asimismo, se insta al Estado venezolano a crear un Sistema Nacional de Juventudes que garantice el bienestar y la atención integral de los jóvenes en materia educativa, protección social, derechos sexuales y reproductivos.
Con respecto a los deberes, se exhorta a la juventud a respetar y defender los símbolos patrios, contribuir al desarrollo económico y social de la nación y participar en su defensa integral.
De igual forma, los jóvenes deberán prestar servicios de interés social remunerado como requisito para el ejercicio profesional.