El Consejo Nacional Electoral publicó en su página web la lista con los nombres seleccionados de los miembros de mesa que prestarán servicio en los comicios del próximo 6 de diciembre.
La elección se realizó el 23 de julio con la presencia de los representantes de las 107 organizaciones con fines políticos de la nación.
Se utilizó el sistema automatizado previamente auditado, en la cual estuvo presente el jefe de la Oficina Nacional de Organismos Electorales Subalternos, Luis Piedra, y el Director General de Tecnologías de la Información, Marlon Montilla, quienes dieron seguimiento a lo pautado en el cronograma electoral.
El servicio electoral es obligatorio, salvo que la persona seleccionada presente alguna de las siguientes características puede impugnar la elección ante el ente:
- Tiene alguna discapacidad mental, de salud o legal, debidamente certificada por las autoridades competentes.
- Es candidato o candidata a cargo de elección popular.
- Ejerce un cargo de dirección en una organización con fines políticos.
- Cumple en el desarrollo de sus funciones directrices e instrucciones de una organización con fines políticos o de un candidato o una candidata.
- Ha manifestado públicamente su preferencia a favor de una. organización con fines políticos o a un candidato o a una candidata.
- Tiene un nexo o vinculación por su ocupación con un candidato o una candidata.
Quienes incumplan injustificadamente con el Servicio Electoral Obligatorio, serán sancionados con multas equivalentes a quince Unidades Tributarias (15 U.T.) y cincuenta Unidades Tributarias (50 U.T.) o arresto proporcional, a razón de un día por Unidad Tributaria.
El Consejo Nacional Electoral publicó en su página web la lista con los nombres seleccionados de los miembros de mesa que prestarán servicio en los comicios del próximo 6 de diciembre.
La elección se realizó el 23 de julio con la presencia de los representantes de las 107 organizaciones con fines políticos de la nación.
Se utilizó el sistema automatizado previamente auditado, en la cual estuvo presente el jefe de la Oficina Nacional de Organismos Electorales Subalternos, Luis Piedra, y el Director General de Tecnologías de la Información, Marlon Montilla, quienes dieron seguimiento a lo pautado en el cronograma electoral.
El servicio electoral es obligatorio, salvo que la persona seleccionada presente alguna de las siguientes características puede impugnar la elección ante el ente:
- Tiene alguna discapacidad mental, de salud o legal, debidamente certificada por las autoridades competentes.
- Es candidato o candidata a cargo de elección popular.
- Ejerce un cargo de dirección en una organización con fines políticos.
- Cumple en el desarrollo de sus funciones directrices e instrucciones de una organización con fines políticos o de un candidato o una candidata.
- Ha manifestado públicamente su preferencia a favor de una. organización con fines políticos o a un candidato o a una candidata.
- Tiene un nexo o vinculación por su ocupación con un candidato o una candidata.
Quienes incumplan injustificadamente con el Servicio Electoral Obligatorio, serán sancionados con multas equivalentes a quince Unidades Tributarias (15 U.T.) y cincuenta Unidades Tributarias (50 U.T.) o arresto proporcional, a razón de un día por Unidad Tributaria.