El crack Argentino no participó en las pruebas de PCR que son obligatorias, aunque su deseo es no llevar el caso a un juzgado tiene muy claro que su intención es mudarse a otro equipo muy probablemente al Manchester City
Lionel Messi es, sin duda, una leyenda viva del fútbol. Pero también un importantísimo activo deportivo y económico del Fútbol Club Barcelona.
Por eso, cuando el pasado 25 de agosto el futbolista argentino envió a los servicios jurídicos del club un burofax comunicando su decisión de activar la cláusula 24 de su contrato, que le permite rescindirlo él mismo sin ninguna contraprestación económica para el club blaugrana y abandonarlo sin tener que abonar la cláusula de rescisión de 700 millones de euros, daba comienzo una batalla jurídica que va a marcar el devenir deportivo de Messi y del Barcelona.
El FC Barcelona ha manifestado que la cláusula liberatoria a la que aluden los abogados de Messi está limitada a una fecha (el 10 de junio), después de la cual se da por renovado al futbolista hasta el 30 de junio de 2021.
Sin embargo, la situación es mucho más compleja que eso; precisamente porque la temporada 2020-2021 ha sido completamente insólita. Como es sabido, tanto la Federación Española de Fútbol como la UEFA suspendieron en marzo sus respectivas competiciones (las ligas Santander y la de Campeones) por la pandemia provocada por la COVID-19.
Es importante hacer notar que dichas competiciones se suspendieron, pero no se dieron por terminadas, lo cual hubiera supuesto unas pérdidas que se estiman en 678 millones de euros (para la Primera y Segunda división de la Liga española) y unos 3.300 millones de euros (para la Champions y la Europa League).
De hecho, la UEFA ha recomendado a todas las Federaciones nacionales que acaben sus campeonatos de liga, como se ha hecho en España (donde el Real Madrid se proclamó campeón de la Liga Santander el 16 de julio); habiéndose proclamado el Bayern de Múnich campeón de la Champions League 2020 el pasado 23 de agosto.
Aquí es donde está el meollo jurídico que va a enfrentar a Messi contra el FC Barcelona, porque los abogados de Messi sostienen que el plazo para ejercer su derecho de rescisión unilateral del contrato sin contraprestación económica termina justo la semana posterior al término de la Champions League, por lo que la comunicación se habría realizado en plazo.
Aunque es cierto que no conocemos los términos precisos del contrato (que no es público), de lo que ha transcendido del mismo sí podríamos aventurar que finalmente el Tribunal de Arbitraje Deportivo suizo acabará dando la razón a Messi si las partes no consiguen llegar a un acuerdo antes.
Con carácter general, es cierto que la literalidad del contrato suele prevalecer sobre el espíritu con el que se redactó esa cláusula. Por ello, si la cláusula en disputa del contrato entre Messi y el FC Barcelona prevé expresamente el 10 de junio de 2020 como plazo para ejercitar el derecho de rescisión, pocas posibilidades tendrá Messi de desvincularse del Barça sin penalización económica.
Pero si los términos de la cláusula 24 no son claros y precisos, entendemos aplicable el art. 1281 del Código Civil, que establece que si las palabras del contrato parecieren contrarias a la intención evidente de los contratantes prevalecerá ésta sobre aquellas.
Además, si del contrato en litigio se desprende que Messi disponía de un periodo de tiempo desde la finalización de las competiciones en que haya participado el FC Barcelona en la temporada 2019-2020 para decidir si continuaba otra temporada o rescindía unilateral y gratuitamente su relación con el club, en aplicación del principio de buena fe contractual poca base jurídica tendrá el Barça para defenderse.
En todo caso, si este asunto se judicializa y acaba ante la Cámara de Resolución de Disputas de la UEFA o ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo, también se habrán de ponderar dos principios generales del derecho: pacta sunt servanda –lo pactado obliga– y rebus sic stantibus –estando así las cosas–.
Lo que subyace es decidir si impera la literalidad del contrato o si hay que interpretarlo a la luz de las circunstancias provocadas por el coronavirus. Teniendo en cuenta las recomendaciones de la UEFA para que se acabaran las competiciones en curso, parece razonable que una eventual sentencia acabaría dando la razón a Messi, que optó por rescindir su relación con el FC Barcelona a los pocos días de que finalizara la Champions League.
Respecto del futuro deportivo de Messi, el trámite de obtención del transfer para ir a jugar a otro equipo de fútbol lo podría obtener en el plazo de una semana, el periodo que puede tardar en registrarse la documentación requerida a las partes y ser verificada por el sistema de transferencias, porque no existe jurisprudencia en sentido contrario ni de la Cámara de Resolución de Disputas de la FIFA ni del Tribunal de Arbitraje Deportivo suizo: en la jurisprudencia de estas Cortes Arbitrales prima el derecho al trabajo del jugador por encima del litigio legal que se prevé entre el FC Barcelona y Messi.
Tampoco la UEFA impedirá el cambio de equipo de Messi, siempre que su comprador cumpla las normas económicas que regulan los límites salariales y el juego limpio financiero.
Juan Ramón Liébana Ortiz, Área de Derecho Procesal, Facultad de Derecho, UNIR – Universidad Internacional de La Rioja
Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.