Músico acusado de abuso sexual acudió a Ministerio Público para investigación de los hechos
Luego de las múltiples denuncias a músicos, escritores y demás artistas a través de las redes sociales, Daniel Landaeta, ahora ex baterista de la banda de rock caraqueña Le’ Cinema, acudió al Ministerio Público para iniciar un proceso de investigación de los hechos en los que se encuentra presuntamente involucrado.
El pasado 24 de abril, varias jóvenes se unieron a la ola de denuncias que desató el caso Alejandro Sojo, en el que alegaban haber sido abusadas sexualmente por este integrante de la banda Los Colores. Entre las miles de acusaciones que salieron a la luz, las jóvenes Isabel Seijas (isatrap_) y Anna Cavalieri (ayymariquitaa) mencionaron haber sido abusadas sexualmente por Landaeta, en el año 2018.
Tras las acusaciones, Landaeta acompañado de su asesor legal, acudió a la Fiscalía Superior del Área Metropolitana de Caracas, quien designó la inmediata investigación y declaración de los involucrados con el objetivo de esclarecer los hechos y tomar acciones legales contra los culpables. El proceso se encuentra en desarrollo.
A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Ante la imputación pública de fecha 24 de abril de 2021, de la que ha venido siendo objeto, nuestro representado, ciudadano DANIEL ALEJANDRO LANDAETA ARCAS, ahora ex baterista de la banda Le´ Cinema, a través de las redes sociales (RRSS) Twitter e Instagram, sobre la presunta comisión del delito de abuso sexual, en la persona de las ciudadanas ISABEL SEIJAS (@isatrap_) y ANNA CAVALIERI (@ayymariquitaa), cuya versión se ha reproducido profusa e intensamente en medios de comunicación digitales tales como www.elnacional.com, https://elpitazo.net, www.aporrea.org y www.lapatilla.com entre otros, debemos señalar responsablemente, que de manera inmediata, nuestro patrocinado acudió, tal y como corresponde ante señalamientos tan bochornosos y condenables, por ante el Ministerio Público a solicitar, mediante escrito fundamentado, sea realizada la investigación de los hechos difundidos, de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 272 del Código Orgánico Procesal Penal que señala:
“Artículo 272. Quien hubiere sido imputado o imputada públicamente por otra persona de haber participado en la comisión de un hecho punible, tendrá el derecho de acudir ante el Ministerio Público y solicitarle que se investigue la imputación de que ha sido objeto.
Quien hizo la imputación pública pagará las costas de la investigación cuando ésta no conduzca a algún resultado, siempre que no haya denunciado el hecho.”
Dicha solicitud, fue inmediatamente atendida por parte de la Fiscalía Superior del Área Metropolitana de Caracas, quien designó para el adelanto de la investigación requerida, a la Fiscalía Septuagésima Tercera (73ª) del Ministerio Público, de esta Circunscripción Judicial, donde ya se realizó la correspondiente declaración por parte de nuestro asistido y se solicitaron las necesarias y urgentes diligencias de investigación, destinadas al total esclarecimiento de los hechos, sobre los cuales nuestro defendido no tiene ninguna responsabilidad y que precisamente, motivaron que él mismo, se pusiera a la orden de las autoridades competentes, para que la investigación penal se adelante satisfactoriamente y se determinen las responsabilidades a las que hubiere lugar.
En ese sentido, consideramos importante señalar, que a la inmensa mayoría de los hombres también nos duele cuando asesinan, violan, acosan o lastiman a una mujer, porque esta lucha en la justa reivindicación de sus derechos, no es ni debe ser, una lucha de mujeres contra hombres, sino más bien una lucha de gente buena, contra gente mala, que debe encontrar su sustento y su razón de ser en el marco de la sana convivencia, de las leyes y del Estado Social de Derecho y de Justicia que propugna nuestra Constitución y no haciéndose eco de infundados señalamientos que se generan y se reproducen comunicacionalmente, sin el aporte de ningún elemento legítimo de prueba, sin la verificación responsable de las fuentes, sin derecho a réplica, interesados más en el escándalo que en la justicia y en algunos casos, bajo el amparo del anonimato e impulsado por un irracional mensaje de odio y de intolerancia, que dispara primero y averigua después.
Confiamos, en que la investigación solicitada, avance sin cortapisas ni atajos, que su orientación sea la de una averiguación profesional e imparcial, que cuente con la oportuna y veraz información, que a ella puedan aportar las presuntas víctimas y que, allanadas todas las vías jurídicas y técnicas posibles, se determinen las consiguientes responsabilidades y se castigue a sus presuntos autores, conforme a la legislación vigente.
En Caracas, a los 06 días del mes de mayo de 2021.
Abg. Rubén Villafañe.
IPSA Nº 127.834