La Asamblea Nacional de Ecuador aprobó este jueves 17 de febrero el aborto en casos de violación, en cumplimiento de una sentencia de la Corte Constitucional que ordenaba la despenalización y la regulación de la interrupción voluntaria del embarazo siempre que la gestante haya sido víctima de una violación.
La norma obtuvo 75 votos a favor, 5 más de los 70 que eran necesarios para sacar adelante el proyecto de ley, luego de un largo y enrevesado debate entre los parlamentarios ecuatorianos que dejó entrever la diversidad de opiniones sobre este asunto.
Esta ley, que obtuvo 41 votos en contra y 14 abstenciones, contempla que la mujeres víctimas de violación que hayan quedado embarazadas puedan interrumpir la gestación hasta las 12 semanas, y excepcionalmente hasta las 18 en casos de niñas, adolescentes y mujeres indígenas y del área rural.
Las semanas de gestación serán única y exclusivamente verificadas por un médico que deberá practicar los exámenes correspondientes para determinar si la solicitante está dentro del margen estipulado por la ley para abortar.
Esta norma fue aprobada luego de una primera votación fallida en la que no se lograron los 70 votos necesarios para su aprobación, por lo que Moreira solicitó a Llori un receso de una hora para hacer modificaciones al texto que lograron el apoyo necesario en una segunda votación.
Ahora la promulgación de la norma quedará en manos del presidente de Ecuador, Guillermo Lasso, quien tiene 30 días de plazo para publicarla en el registro oficial o para vetarla íntegra o parcialmente en caso de que no estuviera de acuerdo con el contenido del texto.
Con información de EFE