Sentencia precisa que la finalidad es evitar cualquier detrimento al patrimonio de la municipalidad
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decretó una medida cautelar consistente en “la prohibición de ejecutar cualquier trabajo que modifique la estructura o naturaleza del Polideportivo Santa Paula Chiquitín Eteddgui”, ubicado en la urbanización Santa Paula, municipio Baruta (Miranda).
La decisión está contenida en la sentencia 0001 redactada por el magistrado Malaquías Gil y publicada este lunes 6 de noviembre con la firma de los restantes integrantes de la Sala: Juan Carlos Hidalgo Pandares y Bárbara Gabriela César Siero.
Los magistrados también acordaron una segunda medida cautelar de suspensión de efectos del contrato de comodato celebrado entre el alcalde de Baruta, Darwin González y la sociedad mercantil Ludus Sport, C.A., empresa ejecutante de los trabajos en el Polideportivo Santa Paula.
La Sala advierte que tales medidas fueron tomadas porque se encuentran involucrados los intereses de la colectividad “y a fin de evitar situaciones violentas y de zozobra en los residentes del Municipio Baruta”.
Esa obra había sido protestada por vecinos de la referida urbanización quienes aducen que ellos no fueron consultados para la realización de tales trabajos. Denunciaron que el alcalde pretende privatizar el polideportivo al modificar las variables urbanas de “públicas deportivas a comercial privado”.
Los magistrados tomaron en cuenta esas protestas y se avocaron de oficio al conocimiento de sendos expedientes que cursan en el Poder Judicial. Uno de ellos, es una demanda de nulidad interpuesta por la Asociación de Vecinos de la Urbanización Santa Paula y de su Consejo Comunal. Ellos solicitan dejar sin efecto el acuerdo aprobado por el Concejo Municipal del Municipio Baruta el 18 de octubre de 2022 y, donde se dio luz verde al contrato de comodato de fecha 27 de febrero de 2022, suscrito entre la Alcaldía y la sociedad mercantil Ludus Sports, C.A.
Pero también existe otro expediente relacionado con una acción de amparo consignado por Ludus Sports “requiriendo el cese de las perturbaciones generadas sobre el inmueble que le fuere otorgado en comodato”.
Tanto la demanda de los vecinos como el recurso de amparo de los empresarios que construyen modificaciones al Polideportivo Santa Paula, fueron declaradas nulas por la Sala Político-Administrativa y así quedó establecido en la sentencia.
Los magistrados tomaron tal decisión “a fin de evitar cualquier detrimento al patrimonio de la municipalidad y atendiendo a su deber de impartir justicia imparcial…y con el fin de evitar cualquier subversión de orden procesal”.
Fuente: Últimas noticias