Ley de control de armas aún espera reglamento
“La Ley Desarme recoge una serie de mejoras del reglamento para el desarme vigente en el 2012 que no tuvo efectividad y que se derogó con la implementación del actual estatuto. Pero depende del Estado asumir con seriedad y responsabilidad este tema, mientras siga conviviendo con la impunidad, los grupos delictivos y la falta de represión a los mismos, esta nueva ley también se convertirá en letra muerta”.
Así lo señaló el diputado Eduardo Gómez Sigala, en el marco del análisis convocado por la organización CEDICE-Libertad, titulado «Inseguridad y Ley de Desarme ¿A dónde apunta ese Binomio?», en la que junto a otros expertos, ofreció sus perspectiva de la normativa y señaló que el Gobierno tiene en sus manos el poder de ponerla en práctica para garantizar la seguridad de los venezolanos.
El parlamentario, señaló que es de suma y urgente necesidad la creación del reglamento que le permita iniciar con los parámetros que fueron establecidos y que tienen como fin principal disminuir los índices delititos del país, de lo contrario los argumentos quedarán en “solo buenas intenciones” y no tendrá el resultado esperado.
Facetas
Por otra parte, planteó la creación de tres facetas para la implementación de la Ley. La primera, trata la entrega voluntaria de armas por medio de incentivos, persuasión y educación. “Esta es una etapa de divulgación masiva, que demanda recursos, ya que para poder contar con la entrega de armas, se requiere algún tipo de incentivo, que podría ser para la familia de la persona que consignó la revólver”, manifestó.
Seguido de la represión policial, pues precisó que el Gobierno y sus cuerpos de seguridad pública, saben dónde están los delincuentes y que tipo de armamento tienen, por lo tanto, saben cuáles puntos atacar.
En tercer lugar, proyectó una lucha contra la impunidad. “En Venezuela tiene un 93% de impunidad, cifra demasiado alta para que los personas sientan que pueden tener alguna sanción. Esta normativa incremente las penas -especialmente para los funcionarios cuando, por ejemplo, usan su arma de reglamento para cometer un delito- pero esto no es realmente la solución”, explicó.
Novedades
Entre los novedades o “aspectos modernos” de la ordenanza, apuntó al marcaje y la oportunidad de regularizar las tendencias de los armamentos, es decir, permitirlos si se poseen por cuestiones laborales, defensa personal, sector agrícola o alguna de las otras categorías que se estipulan en la ley.
“Al final, lo que nosotros queremos es que la personas que posean las condiciones para portar un arma y quieran tenerla, puedan hacerlo. No entorpecerle el permiso, pues puede ser un instrumento que lo ayuden a combatir la delincuencia a la que diariamente estamos expuestos. Por supuesto, estas tendrán un número de proyectiles determinados y marcados”, destacó.
Finalmente, reiteró que clave para lograr el éxito en este emprendimiento está en manos del Estado su poder para llevarla a cabo.
“Nunca se logrará la victoria mientras los delincuentes crean que cuentan con la complicidad de algún organismo, de las policías o que los jueces lo van a dejar en libertad, luego de cometer un crimen. Ciertamente, este es el mayor desestímulo de un reglamento como este y aún más si no se entregan las herramientas para ponerla a valer y acabar con el hampa”, concluyó.
Contradicciones
El abogado y criminólogo, Juan Martín Echeverría, en el análisis del la Ley Desarme, señaló que existe contradicciones entre la Constitución de la Republica y esta nueva normativa. En el artículo 324 de la Carta Magna, se señala que las armas de guerra son de exclusividad del Estado y todo instrumento de este tipo que esté en manos de cualquiera, de ser recuperada inmediatamente por la por las Fuerza Armada Nacional.
Pero el artículo 92 de la Ley Desarme “deja un margen de cierta discrecionalidad” que contradice lo que dice la norma constitucional. “Toda persona que porte un arma de cualquier naturaleza, sea de guerra o civil, puede entregarla voluntariamente. Pero no tiene sentido que exista armamento de este tipo si la máxima ley lo prohíbe”.
Anabel Barrios Díaz
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