Los usuarios y usuarias que realizaron solicitudes de adquisición de divisas en ocasión de viajes al extranjero deben realizar su Declaración Jurada de Cierre en los cuarenta y cinco (45) días continuos siguientes a la fecha del regreso del viaje indicada en la solicitud.
La Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), recuerda que para realizar la Declaración Jurada de Cierre los usuarios y usuarias deben ingresar a nuestro portal Web www.cadivi.gob.ve, seleccionar: “Usuarios Registrados”, seguidamente, elegir la opción 2, y colocar: número de Cédula de Identidad, correo electrónico y contraseña; al presionar “Ingresar”, el portal presentará automáticamente el “Nuevo Sistema para la Autorización y Adquisición de Divisas para Consumos de Bienes y Servicios en el Exterior”.
Seguidamente, el usuario debe seleccionar: “Gestión de Solicitudes”, y luego “Realizar Declaración Jurada” e indicar la opción a declarar: “Efectivo para viajes”, “Tarjeta de Crédito para viajes” o “Efectivo para niños, niñas y adolescentes”.
Se deben verificar que los campos estén completos, ya que son de carácter obligatorio; si está conforme, el usuario debe presionar: “Registrar” y el Sistema presentará la “Confirmación de Declaración Jurada de Cierre de Solicitud de Adquisición de Divisas”.
El usuario que retiró el efectivo y no realizó el viaje, deberá reintegrar las mismas divisas al Banco Central de Venezuela (BCV), a través del Operador Cambiario Autorizado, antes de realizar la Declaración Jurada de Cierre.
También, deberá realizar la Declaración Jurada de Cierre el usuario que como representante legal obtenga la autorización de adquisición de divisas en efectivo para niños, niñas y adolescentes.
Es importante destacar que el usuario que no cumpla con la obligación de realizar la Declaración Jurada de Cierre, no podrá tramitar nuevas solicitudes de autorización de adquisición de divisas ante esta Comisión.
Prensa CADIVI