La carnetización en partidos políticos, atenta contra la libertad de conciencia
Cesáreo José Espinal Vásquez e-mail: cjev@cantv.net
Los partidos políticos son el instrumento idóneo para presentarle al electorado las variadas opiniones o propuestas fundadas en doctrinas o ideologías democráticas conforme lo disponen los artículos 4 y 5 de la Ley de Partidos Políticos y los principios fundamentales del preámbulo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, para “establecer una sociedad democrática y justa”, con miras acceder al ejercicio del poder público mediante “el derecho al sufragio en votaciones libres, universales, directas y secretas”, a tenor del artículo 63 de la Carta Magna, ello, mediante el derecho de participación y representación política, por iniciativa propia o por asociación política.
Ha sido una práctica viciada no solo por la carnetización de los ciudadanos en partidos políticos sino imponiéndoseles franelas o camisas del color del partido político, sean blancas, amarillas, rojas o de cualquier estampa, convirtiéndolos en “milicianos” uniformados y con carnet político, llámese compañeros o camaradas.
El derecho humano mas sagrado por ser imperecedero, más que la existencia de la vida física, es el libre desenvolvimiento de su personalidad consagrado en el artículo 20 de la Constitución, el cual lleva implícita la libertad conciencia sin menoscabar o lesionar el derecho de otro en cualquiera sus manifestaciones.
A ninguna persona se le puede prohibir pertenecer a organizaciones políticas partidista y abrazar sus postulados democráticos, pero asimismo, nadie tiene el derecho, salvo por vías de coacción o de extorsión que deba permanecer eternamente en el partido político que antes simpatizaba, porque ello, atenta contra la libertad de conciencia y es indefectiblemente, corrupción a la personalidad.
El Estado democrático, es aquel en donde sus instituciones públicas no estén secuestradas por ningún poder político, aún cuando hubiese tenido legitimidad de origen. El artículo 61 de la Constitución vigente, garantiza el derecho a la libertad de conciencia y manifestarla…sin atentar con la libertad de otro u otras personas y “no puede invocarse para eludir el cumplimiento de la ley o impedir a otros su cumplimiento o el ejercicio de sus derechos”.
Todo ciudadano sin exclusión de raza, sexo, credo o condición social puede acceder a cargos públicos sin necesidad de identificarse con el carnet del partido de gobierno, ni ser sometido al terrorismo de estar fichado en una lista por no pertenecer al partido de gobierno, no aplaudir sus decisiones o no asistir a manifestaciones públicas.
Tanto el carnet político como el uso de franelas o camisas, nos recuerda las camisas negras, pardas y rojas del fascismo totalitario y del comunismo, de Hitler, Mussolini y Stalin y con el brazalete de la esvástica nazi o la estrella roja del comunismo.
Hoy vemos el ejemplo que está dando al mundo Malala Yousafzai, la joven de 16 años de edad, en Pakistán, quien recibió el premio a la libertad de conciencia, porque al ser subyugada este derecho fundamental, es corrupción a la personalidad.