Es más que evidente la irritabilidad del régimen ante la protesta laboral, cabo suelto que no ha logrado resolver en los últimos 7 años y es que desde 2006
Froilán Barrios Nieves *
La paradoja fundamental para los trabajadores y sus organizaciones sindicales es que un mandatario nacional autodenominado “Presidente Obrero”, radicalice en un grado mayor que su mentor el fenecido Presidente Hugo Chávez, el control del Estado sobre la autonomía de las organizaciones sindicales y los gremios. A tal nivel que utiliza sin menoscabo a los poderes públicos (Electoral, Judicial, Legislativo y Moral) y a las FABN para maniatar y controlar la acción sindical.
Es más que evidente la irritabilidad del régimen ante la protesta laboral, cabo suelto que no ha logrado resolver en los últimos 7 años y es que desde 2006, año a año miles de movilizaciones en reclamo por un trabajo, contratos colectivos y un salario justo sacuden la geografía nacional. Siendo el sector público el que más genera manifestaciones en procura de condiciones de trabajo digno, aún cuando en el sector privado patronos inescrupulosos se aprovechan de la indefensión laboral para atropellar también a los trabajadores.
Para lograr este control estatal no ha escatimado utilizar todo el peso gubernamental para dictar leyes habilitantes, el Código Penal de 2005, Código Orgánico Procesal de 2012, Ley Orgánica de Seguridad de la Nación de 2002, Ley para la defensa de las personas en el acceso a los bienes y servicios de 2010, Ley Especial de Defensa Popular contra el acaparamiento, la especulación, el boicot y cualquier otra conducta que afecte el consumo de los alimentos o productos sometidos a control de precios de 2007 y la recién aprobada Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras de2012.
Como ejemplo citamos el Art. 56 Art de La Ley Orgánica de Seguridad de la Nación “Cualquiera que organice, sostenga o instigue a la realización de actividades dentro de las zonas de seguridad, que estén dirigidas a perturbar o afectar la organización y funcionamiento de las instalaciones militares, de los servicios públicos, industrias y empresas básicas, o la vida económico social del país, será penado con prisión de cinco (5) a diez (10) años”.
En el marco de la LOTTT se añade una nueva amenaza con el Art. 374 donde se establece el Registro Nacional de Organizaciones Sindicales (RENOS), quien establecerá un control estricto, a tal punto que en la disposición transitoria 4ta (Art. 588) obliga a las organizaciones sindicales a adecuar sus estatutos antes del 31-12-2013, como condición de existencia.
Cuyo articulado (Art. 367) contempla una serie de atribuciones como ejercer el control y vigilancia sobre costos y ganancias, producción de bienes y servicios, defensa de la soberanía e independencia nacional, funciones que le corresponden al Estado y no a los sindicatos, convirtiéndolos en la práctica en instituciones de derecho público y desconociendo que son entes privados y autónomos.
Lo que se prepara para el 31-12-2013 en resumen es una guillotina para los sindicatos, ya que será suspendido todo aquella organización sindical que no sea afecta al gobierno y su proyecto político.
Movimiento Laborista *