El presidente de la Asamblea Nacional (AN), Diosdado Cabello, destacó que la primera discusión de la Ley Habilitante deja en evidencia que en el país hay dos modelos: «el modelo capitalista defendido por las bancadas de los especuladores, los usureros, y el modelo socialista defendido por el diputado 99, que es el Pueblo».
«Queremos que el pueblo le vea la cara a los que defienden la especulación», dijo el diputado en referencia al debate que se desarrolla este jueves sobre el proyecto de la Ley habilitante, presentado el pasado 8 de octubre por el presidente Nicolás Maduro, para profundizar la lucha contra la corrupción e impulsar una economía diversificada y productiva en el país.
En su intervención, Cabello defendió la intervención del Estado en los comercios especuladores que presentaban un aumento de hasta 1.200% en sus productos.
“En esas tiendas se practicaba lo que ellos (la derecha) defienden», acusó el diputado al señalar que la oposición promueve el libre mercado especulador y la no intervención del Estado.
De acuerdo al artículo 203 de la Constitución Nacional «son leyes habilitantes las sancionadas por la Asamblea Nacional por las tres quintas partes de sus integrantes, a fin de establecer las directrices, propósitos y marco de las materias que se delegan al Presidente o Presidenta de la República, con rango y valor de ley. Las leyes habilitantes deben fijar el plazo de su ejercicio».
Si la normativa es aprobada en primera discusión (se requieren 99 votos), posteriormente la Ley Habilitante se remite a la Comisión designada para su análisis y presentación del informe sobre cualquier recomendación u objeción.
Una vez recibido el informe de la Comisión parlamentaria, la directiva de la Asamblea Nacional ordenará su distribución entre los asambleístas y fijará—dentro de los diez días hábiles siguientes—la segunda discusión del proyecto, salvo que por razones de urgencia decida un lapso menor.
De acuerdo con el Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional (RIDAN), la segunda discusión del proyecto de ley se realizará artículo por artículo, y se basará sobre el informe presentado por la Comisión especial. En este debate la propuesta de Ley Habilitante puede ser aprobada, rechazada o diferida.
Una vez aprobada por los asambleístas, la normativa será remitida al Poder Ejecutivo para su promulgación y publicación en Gaceta Oficial.