El pronunciamiento del presidente del Centro Nacional de Comercio Exterior, Alejandro Fleming, sobre las nuevas medidas económicas, constituye una acción “regulatoria” de hecho, retroactiva y confiscatoria
Rafael González
Si bien no nos referimos exclusivamente a la deuda documentada de títulos de deuda soberana denominada en dólares emitidos por la Nación; no implica que los compromisos de pago de la nación en divisas obedezcan únicamente a este tipo de denominación de deuda.
El pronunciamiento del presidente del Centro Nacional de Comercio Exterior, Alejandro Fleming, como lo reseña el portal Web de El Universal el 25 de enero de 2014, por medio del cual anunciaría el eventual reconocimiento de la Nación del pago de la deuda cuyo origen haya sido la compra de pasajes ida-vuelta, adquiridos en Venezuela, únicamente en el caso de residentes en el país; constituye una acción “regulatoria” de hecho, retroactiva y confiscatoria. No debe sorprender que la misma nota de prensa informe sobre la eventual suspensión de ventas de boletos aéreos por parte de las agencias de viaje ante la inseguridad jurídica que imprime tales declaraciones.
El país ha ido perfeccionando, de forma continuada y cada vez sobre mayor número de sectores un default de pago de sus compromisos de liquidación de divisas requeridas por quienes desarrollan actividades económicas en el país, tanto por concepto de materias primas, material productivo hasta repatriación de dividendos y royalties.
Los retrasos en las liquidaciones de divisas por parte de CADIVI que pueden superar los tres y cuatro años sobre conceptos como los dividendos, al desaparecer referentes cambiarios de 2,15 Bs./US$ a 4,30 Bs./US$, luego a 6,30 Bs./US$ y ahora eventualmente a niveles alrededor de 11,30 Bs./US$; constituye una acción confiscatoria porque licua y genera pérdidas cambiarias sobre actividades económicas, bienes y servicios ya comercializados a razón de tipos de cambio que ya no se encuentran vigentes.
Independientemente del prejuicio oficialista en el tratamiento del valor de la deuda por origen de material productivo o dividendos, ambos conceptos implican remuneración sobre activos, inversiones y productos; y por tanto su cancelación implican incentivos y condiciones necesarias para mantener las operaciones en el país.
Asimismo, salvo que las empresas cierren actividades en el país, las operaciones en términos promedios tendrán que remunerar el capital invertido y ponderar las pérdidas cambiarias, así como otros riesgos no solo cambiarios sino igualmente de orden regulatorio -confiscaciones, regulaciones y controles de precios con consecuencias de pinzamiento de márgenes, así como regulaciones de hecho más que de derecho-, por medio de precios de transferencia o rentabilidad ajustados a riesgo.
El anuncio de devaluación realizado por el vicepresidente del Área Económica, Rafael Ramírez, el 22 de enero de 2014, lamentablemente resultó incompleto, imprimiendo mayor incertidumbre y lejos de ser asimilado por el público como ajustes a distorsiones y a la sobrevaluación de la moneda que alimenta la formación de expectativas negativas sobre el sostenimiento del valor de la moneda, se manifestó en una caída del valor de los títulos de deuda soberano denominados en dólares.
La situación de empeoramiento de las expectativas sobre la sostenibilidad del tipo de cambio a 6,30Bs./US$; la insuficiencia de disponibilidad de divisas para atender un nivel de demanda a este precio; la inflación en Venezuela y la pérdida del resguardo de valor del bolívar; y especialmente el nivel de deuda de Cadivi con las empresas que no fue comentada por el vicepresidente en el Área Económica, Rafael Ramírez; aunado a acciones de hecho de no reconocimiento de conceptos de deuda a empresas que se les identifique supuestos sobreprecios o producto de la compra de boletos ida-vuelta por parte de extranjeros en el territorio nacional hacen dudar la posibilidad que tiene la nación para honrar sus compromisos (independientemente de su denominación).
El hecho cierto es que las líneas de crédito que sostienen las empresas venezolanas con sus proveedores internacionales, sean su casa matriz o peor aun proveedores independientes con condiciones de financiamiento menos laxas, constituía uno de los primeros conceptos sobre los cuales los agentes económicos esperaban escuchar anuncios sobre mecanismos e instrumentos de reconocimiento, pago y alivio.
Si la disponibilidad de pago de la Nación por sectores se encuentra mermada, se tendrá que negociar y permitir a las empresas adecuar sus estructuras operativas, lo que pasa por adecuar el nivel de contratación de trabajadores; porque no parece existir un escenario de shock positivo sobre los precios del petróleo, hoy a 100 US$ el barril, que permitan imaginar una situación de alivio por mayor capacidad de pago de la Nación.
enriquergp@yahoo.es