El Banco Central de Venezuela, a través de la Gaceta Oficial 40.353, publicó las tasas de interés aplicables para las obligaciones derivadas de la relación de trabajo, las de adquisición de vehículos bajo la modalidad cuota «balón» y las destinadas a las operaciones crediticias del sector turismo.
– Las tasas de interés activas aplicables a las prestaciones sociales serán de 15, 73 %, esto para los artículos 128 y 130 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras. Esto aplica para los intereses por la garantía de las prestaciones sociales cuando el patrono las acredita en la contabilidad de la empresa y aquellos que generan la mora en los pagos de salario, prestaciones sociales, indemnizaciones y por el pago de un salario inferior al mínimo.
Asimismo, la tasa promedio entre activa y pasiva de 15,12 % estarán destinadas para el artículo 143 de la misma normativa. Estos son los intereses devengados por la garantía de las prestaciones sociales en fideicomisos o en el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales.
– Las tasas de interés aplicables para la adquisición de vehículos bajo la modalidad de cuota «balón» y venta de vehículos con reserva de dominio serán de 15, 73 %.
– Las tasas de interés para las operaciones con tarjeta de crédito serán las siguientes:
1) 29 % de interés máximo anual para las operaciones activas con tarjetas de crédito.
2) 17 % de interés mínimo anual para las operaciones activas con tarjetas de créditos, sin perjuicio de las tasas de interés mínimas activas dictadas por el Banco Central de Venezuela (BCV).
3) 3 % de interés anual, adicional a los puntos 1 y 2, según sea el caso, será lo que podrán cobrar las instituciones bancarias por las obligaciones moratorias.
– 9, 32 % será la tasa de interés para las operaciones crediticias de las instituciones del sector turismo.