El abogado laboral Mariano Giannantonio, representa a los ätrabajadores de la empresa Odebrech, quienes denunciaron haber sido despedidos por el patrono de manera arbitraria e ilegal
“En el artículo 94 de la Ley Orgánica del Trabajo para los Trabajadores y Trabajadoras (Lottt), se establece que ningún trabajador podrá ser despedido sin justa causa y el patrono deberá solicitar en caso de que el trabajador hubiese incurrido en alguna de las faltas establecidas en la normativa la respectiva calificación de despido ante la Inspectoría del Trabajo”.
De esta manera se expresó el abogado laboral, Mariano Giannantonio, representante legal de los ätrabajadores de la empresa Odebrech, quienes denunciaron haber sido despedidos por el patrono de manera arbitraria e ilegal.
Como se recuerda los trabajadores señalaron que a nivel nacional son más de 500 empleados afectados y al respecto el abogado Giannantonio, dijo que ellos están amparados por la inamovilidad laboral prevista en el Decreto Presidencial Nº 639 de fecha del 03 de diciembre del 2013, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.310 de fecha 06 de diciembre de 2013”.
“Los derechos de los trabajadores y la restitución de los mismos, están establecidos en los artículos 94, 418 y 425 de la Lottt. Cualquier despido, desmejora o traslado del trabajador protegido de inamovilidad, va en contra de la ley y la Constitución y dicha inamovilidad está fundamentada en el artículo 418 de nuestra Ley Sustantiva Laboral y el 425 establece el procedimiento que la norma establece para que estos trabajadores procedan a realizar ante la Inspectoría del Trabajo las acciones para poder restituir los derechos violentados por la entidad patronal, al despedir a dicho grupo de trabajadores”, dijo el abogado Mariano Giannantonio.
MLM