La Cámara Inmobiliaria de Venezuela pedirá al Tribunal Supremo de Justicia la nulidad del decreto que obliga a los dueños de inmuebles alquilados hace 20 años o más a venderlos a sus arrendatarios en un plazo perentorio de 60 días o afrontar multas.
«Se presentará un recurso de nulidad» de la resolución del Ministerio de Vivienda de Venezuela que se aplica en Cuba y en otros «países comunistas donde no se respeta la propiedad privada», declaró a Efe el presidente de la Cámara, Aquiles Martín Pietri.
El decreto ministerial advierte que la multa inicial a quien no venda su propiedad en el plazo perentorio será de 2.000 Unidades Tributarias, equivalente a 254.000 bolívares, que debe ser pagada en un lapso de cinco días.
La multa será doblada y si no se pagan en un lapso de cinco días, «la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda solicitará el embargo ejecutivo correspondiente sobre el inmueble o inmuebles objeto de la multa», señala la resolución ministerial.
Consultado sobre la hipótesis de que el decreto no pasa de ser una carta política para ser retirada luego en la mesa de un diálogo nacional previsto entre el Gobierno y la oposición, Pietri advirtió que si fuera así «ese diálogo sería un gran engaño».
«Yo quisiera imaginarme que no es así, porque si fuese así esto del diálogo sería un gran engaño. Yo tengo que creer, yo necesito creer que a través del diálogo vamos a buscar y a encontrar la fórmula de hacer viable la Venezuela del futuro», sostuvo.
El presidente de la Cámara Inmobiliaria admitió que el decreto lo sorprendió, porque se ha reunido en varias ocasiones en las últimas semanas con su autor, el ministro de Vivienda, Ricardo Molina.
En esas oportunidades «le dije al ministro que la paz y la confianza no se decretan, sino que son consecuencias de actos, comentó.
«Es complicado de entender que si estamos hablando de mesas de paz, de reencuentro, de buscar formas de hacer viable el país del futuro», haya publicado en la Gaceta Oficial una resolución que «violenta la propiedad privada y los derechos constitucionales», remarcó.
Explicó al respecto que la Constitución prevé la confiscación y la expropiación con el respectivo pago de una indemnización, pero «no la obligación de vender y de comprar, porque en esta resolución también se está obligando al inquilino a comprar».
En Venezuela, los edificios para alquilar fueron construidos en la segunda mitad del siglo XX principalmente «por europeos como garantía de rentabilidad en sus años dorados», y las personas afectadas con la medida suman 120.000, dijo Pietri.
Si no pagan los más de 80.000 dólares en multas y ven perder sus propiedades, estos entonces «expropietarios no pueden protestar, no hay cómo reclamar a nadie, no tendrán derecho a la justicia porque se trata de actos administrativos», apuntó.
El presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), Roberto Orta, calificó de «inconstitucional» la norma y alertó de que «muchos de estos edificios los ocupan personas de la tercera edad», a quienes la banca no los considera a la hora de otorgar créditos para que los compren.
El Gobierno del presidente Nicolás Maduro, adicionalmente, aún no fija los nuevos valores por metro cuadrado de construcción que deben reconocer el índice inflacionario, que en 2013 fue de 56,2 %, agregó el titular de Apiur. EFE