Con la entrada en vigor del Decreto N° 382, del 19 de agosto de 2014, aprobado por el gobernador de Mérida, Alexis Ramírez, queda prohibida la circulación de vehículos de carga pesada superior a las 14 toneladas por las locales 007 y 001 o carretera Trasandina entre los estados Mérida, Trujillo y Barinas.
La medida regula la circulación de carga pesada en los tramos específicos que van desde el sector Vuelta de Lola hasta el límite con el estado Trujillo (local 007) y desde Apartaderos hasta el estado Barinas (local 001), destaca una nota de prensa.
Juan Luis Suárez, procurador de Mérida, informó que el decreto busca resguardar la integridad y seguridad de los usuarios de la arteria vial que atraviesa el páramo merideño a través de los municipios Santos Marquina, Rangel, Cardenal Quintero, Pueblo Llano y Miranda.
El decreto prohíbe la circulación de carga pesada superior a las 14 toneladas y de vehículos que tengan más de tres ejes y excedan la altura máxima de 3,50 metros.
Suárez agregó que la circulación de carga pesada fuera de estos parámetros genera deterioro progresivo y acelerado en la vialidad y representa un elevado riesgo para la circulación de vehículos particulares y para la integridad de los residentes de poblaciones aledañas a la vía.
Resaltó que el cuerpo de Vigilancia de Trasporte Terrestre, la Guardia Nacional Bolivariana, la Policía del estado y el Cuerpo de Bomberos son las instancias encargadas de velar por el cumplimiento del decreto.