Lo dicho en La Gaceta extraordinaria N° 6.151, de fecha martes 18 de noviembre de 2014, se informó el Decreto presidencial N° 1.425 de la Ley de Regionalización Integral para el Desarrollo Socioproductivo de la Patria, que consentirá crear zonas económicas específicas libres de impuestos.
En dichas zonas, el Presidente podrá liberar de restricciones arancelarias, para-arancelarias, la importación de mercancías, bienes y servicios destinados a la construcción de la infraestructura e instalaciones, así como las materias primas que requieren las empresas autorizadas a operar en las mismas.
La ley se adecua en la creación de distintas escalas geográficas de Zonas de Desarrollo Estratégico, Zonas Económicas Especiales y Zonas Económicas Especiales Fronterizas.
El pago de los impuestos a causa de importación y adquisición de bienes y servicios destinados a la construcción de infraestructura e instalaciones, así como las materias primas que requieran las comercios autorizadas a operar en el ámbito geográfico de las Zonas de Desarrollo Estratégico y Zonas Económicas Especiales, lograrán quedar colgados hasta tanto se inicien las operaciones de la empresa.
La ley se enfocara en el objeto regular la creación, funcionamiento y administración de las distintas unidades geográficas de planificación y desarrollo, dentro del marco del Sistema de Regionalización Nacional, establecer escalas regionales, subregionales y locales, y estrategias especiales para el desarrollo espacial y sectorial del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.