CNE debe revertir todos los cambios recién incluidos en el RE para el 16-D
El Consejo Nacional Electoral se extralimitó en sus funciones y atribuciones y viola flagrantemente lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE), al haber autorizado la migración a centros de votación de los estados donde fueron postulados como candidatos para las Elecciones Regionales del próximo domingo 16 de Diciembre de los seis (6) aspirantes a gobernadores del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) Aristóbulo Istúriz, Tareck El Aissami, Érika Farías, Ramón Rodríguez Chacín, Yelitze Santaella y José Gregorio Vielma Mora; así como también de otros electores que fueron cambiados.
El Registro Electoral para las Elecciones Presidenciales del pasado 7-O y las Regionales del próximo 16-D cerró el 15 de abril de este año, después de vencidos los períodos establecidos de Inscripción y Actualización; y el 25 de junio fue publicado el Registro Electoral Definitivo para ambos comicios, luego de cumplido el período de Impugnaciones del Registro Electoral Preliminar que culminó el pasado 15 de mayo.
Súmate alertó en su oportunidad que este cierre del RE para las Regionales del 16-D era prematuro; sin embargo, el hecho de haber asumido esta primera decisión cuestionable, no justifica que ahora el organismo electoral incorpore discrecionalmente modificaciones por ningún motivo.
Según el artículo 30 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) el Registro Electoral debe contener los datos de cada elector; en el que estarán todos los electores con derecho a votar en las elecciones. En este caso nos referimos a las Presidenciales del 07 de Octubre y las Regionales del 16 de Diciembre de 2012, por propia decisión del CNE de cerrar el Registro Electoral en la misma fecha para ambos procesos electorales. Además, tal como lo indica el artículo 40 de la LOPRE: El Registro Electoral Preliminar depurado y actualizado constituye el Registro Electoral Definitivo (…) contendrá los electores con derecho a votar en el proceso electoral convocado.»
Rectores deben cumplir y hacer cumplir la Constitución y leyes electorales
Por último, los rectores del CNE por el artículo 15, numeral 4, de la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE) están obligados a: «4.Cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes en el ejercicio de sus funciones.» Además, el artículo 293 de la Constitución les exige garantizar «…la igualdad, confiabilidad, imparcialidad, transparencia y eficiencia de los procesos electorales…»
Los Rectores del CNE están obligados a revertir estas actualizaciones, ya que el Registro Electoral Definitivo para las presentes Elecciones Regionales del 16 de Diciembre fue publicado el pasado lunes 25 de junio. Esto significa que el mismo ya está cerrado, por lo cual el período de actualización e impugnaciones ya caducó; por lo consiguiente las actualizaciones de datos de este grupo de electores, dentro de los cuales están los 6 aspirantes a gobernadores postulados por el PSUV Aristóbulo Istúriz (Anzoátegui), Tareck El Aissami (Aragua), Érika Farías (Cojedes), Ramón Rodríguez Chacín (Guárico), Yelitze Santaella (Monagas), y José Gregorio Vielma Mora (Táchira); no debieron ser incluidas y las mismas son ilegales. Estos cambios sólo podrían reflejarse en el corte del RE para los venideros comicios municipales del 13 de abril de 2013.